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El Telégrafo
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Tribunal ratifica sentencia de 5 años contra exministro del Deporte

En la diligencia participó Cecilia Armas, fiscal general del Estado subrogante.
En la diligencia participó Cecilia Armas, fiscal general del Estado subrogante.
Foto: Archivo
27 de abril de 2017 - 18:28 - Redacción Web

El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por Raúl C., exministro del Deporte, y Patricio S. Con esta decisión, queda ratificado el fallo de 5 años de privación de libertad dictado en su contra por peculado.

La audiencia de casación interpuesta por los sentenciados se realizó la tarde de este jueves 26 de abril.

En la diligencia participó Cecilia Armas, fiscal general del Estado subrogante, quien luego de exponer sus argumentos, solicitó a los jueces no dar paso al recurso, pues a su criterio, no estaba fundamentado.

A decir de los jueces, la sentencia se encuentra debidamente motivada, pues se detallan los hechos y los elementos probatorios, además, se aplica con pertinencia la norma jurídica, por ello declararon improcedente el recurso.

En junio de 2016, el Tribunal Penal de la Corte Nacional sentenció a Raúl C., Patricio S. y Fernando M. a 5 años por peculado. En ese entonces los jueces rechazaron el recurso de apelación y modificaron la sentencia dictada en junio del 2014, en la que Raúl C. y Patricio C. debían cumplir 3 meses de prisión y Fernando M., un año.

Fernando M. también presentó el recurso de casación, sin embargo se declaró el abandono del recurso, debido a que no asistió ni él ni su defensa a la audiencia.

La Fiscalía demostró que los ahora sentenciados no observaron los procedimientos contractuales para la adjudicación de contratos en la construcción de obras deportivas en las provincias de Morona Santiago e Imbabura, durante la administración de Raúl C., entre el 2006 y 2008.

Estas obras deportivas fueron el estadio Tito Navarrete en Macas, el gimnasio de deportes de contacto y el estadio Eddy Coello en Sucúa, provincia de Morona Santiago. Además, el Centro de Formación y Desarrollo de Deportes Colectivos, en Carpuela, Imbabura.

Los jueces consideraron que Raúl C., Patricio S. y Fernando M. favorecieron a personas naturales al adjudicar contratos inobservando la normativa legal. En todas las actividades se justificó la participación voluntaria de los tres sentenciados quienes eran integrantes del Comité de Contratación del Ministerio del Deporte.

Estas personas fueron sentenciadas según el tercer artículo innumerado a continuación del 257 del Código Penal, vigente a la pena en que ocurrieron los hechos.

Sobre Raúl C. pesan otras 3 sentencias por peculado y tráfico de influencias. (I)

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