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Durante los 5 meses de vigencia de la normativa se presentaron 2.269 pedidos de audiencia

El principio de la favorabilidad beneficia con libertad a 1.685 presos (Documento)

Las personas privadas de la libertad aplicaron acogiéndose a lo que indica el Código Penal. Foto: Archivo/El Telégrafo
Las personas privadas de la libertad aplicaron acogiéndose a lo que indica el Código Penal. Foto: Archivo/El Telégrafo
14 de enero de 2015 - 00:00 - Redacción Justicia

De las 1.685 personas que recuperaron su libertad, al acogerse al principio de favorabilidad con la vigencia del  Código Orgánico Integral Penal (COIP), el 60% cumplía una condena por tenencia mínima de drogas.  

Así lo indicó Ledy Zúñiga, ministra de Justicia y Derechos Humanos, durante la reunión de la Mesa de Justicia el último lunes en Quito.

Zúñiga explicó que de los 1.685, el 85% de los internos ya había cumplido su sentencia conforme al Código,  lo que ha ayudado a disminuir el hacinamiento penitenciario.

En estos 5 meses, desde que el COIP entró en vigencia en el país, se han efectuado 2.269 pedidos de audiencia para la aplicación del principio de favorabilidad en diferentes casos, y se aceptó el 78% (1.685) en 2.151 audiencias. Sin embargo, se rechazaron 354 solicitudes, porque no eran procedentes.

118 audiencias en agenda

Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura, afirmó que en 112 casos de estas solicitudes se solicitó información adicional, y 118 audiencias se encuentran agendadas para este mes. “Estos pedidos significan avances democráticos y humanitarios en nuestra legislación, a los cuales pueden acogerse quienes se encuentran al momento cumpliendo una sentencia”, puntualizó el titular de la Judicatura.

Para Jalkh, el  número de audiencias instaladas en este tiempo ha sido una carga importante de trabajo para la Función Judicial. “No  la tendríamos si no hubiera entrado en vigencia el COIP. En los próximos 2 meses se volverá a equilibrar el número de audiencias en este tema. Hemos tenido una respuesta institucional”, manifestó el funcionario. LEA EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP)

Esfuerzo de operadores   

Ernesto Pazmiño, titular de la Defensoría Pública, destacó el esfuerzo de los operadores de justicia, es decir fiscales, jueces y defensores públicos, que durante 5 meses hicieron posible que se instalen las 2.251 audiencias para atender los requerimientos de los internos.

De las 2.269 peticiones de los reos, el 94% fue patrocinada por la Defensoría Pública. “Esto ha permitido que se acceda a una defensa gratuita y de calidad como un principio constitucional”, indicó.

En los próximos días la Defensoría Pública presentará 500 nuevas peticiones del principio de favorabilidad, manifestó el funcionario. “Queremos que los jueces salgan de las peticiones que al momento tienen y que las audiencias se realicen de forma planificada”, agregó.   

Ecuador da ejemplo a América Latina y al mundo en el respeto a los derechos humanos, afirmó Pazmiño. Las autoridades del sector justicia coincidieron en que este es un ‘fenómeno excepcional’, que se estableció en mayor porcentaje con la entrada en vigencia de la normativa penal.

Beneficio en COIP

El principio de favorabilidad se encuentra estipulado en el artículo 5, numeral 2, del  Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual explica que cuando existen 2 leyes que citen penas diferentes se aplica la más favorable para el interno.

El artículo refiere: “En caso de conflicto entre dos normas de la misma materia, que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa aun cuando su promulgación sea posterior a la infracción”.

En el caso del tráfico de sustancias ilícitas o estupefacientes, el COIP refiere sanciones que van desde los 2 a 6 meses de prisión si es por mínima escala; de 1 a 3 años, mediana escala; por alta escala, de 5 a 7 años; y gran escala, de 10 a 13 años de reclusión.

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