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Solo un médico irá a juicio en caso Gastromed

Cuarenta minutos demoró la deliberación de los jueces del Tribunal Séptimo de Garantías Penales de Pichincha, que declararon inocente de homicidio inintencional al médico y propietario de la clínica Gastromed, Max T., pero llevarán a juicio a su hermano, Juan Pablo T., como autor de la muerte de Sonia García, durante una cirugía de manga gástrica el 21 de mayo de 2012.  Al ayudante de bodega, Álex B., también se lo deslindó del proceso.

Durante los alegatos finales de la audiencia, la fiscal Laura Machuca decidió no acusar a Max T., explicando que la ley señala que el autor debe haber participado directamente en el acto, pero que el dueño de la clínica  llegó a la cirugía cuando ya se había producido la laceración de la arteria aorta, lo que posteriormente produjo la muerte de la paciente.

El 21 de mayo de 2012, Sonia García ingresó al quirófano para realizarse una cirugía gástrica, pero siete minutos después de haber empezado el procedimiento, los trocares (instrumentos quirúrgicos) laceraron la arteria, provocando una hemorragia que le causó la muerte. 

La familia acusó a Max T. de haber abandonado el cuerpo de Sonia en la sala de operaciones y de haber huido, al igual que las demás personas que estuvieron presentes.

Según los documentos del proceso, el dueño de la clínica habría  planificado la operación de Sonia para las 05:30, pero él llegó aproximadamente a las 06:15. La parte preliminar de la cirugía o abordaje (colocación de trocares para la cirugía laparoscópica) había comenzado sin su presencia. Su hermano y cirujano, Juan Pablo T., se había ocupado de eso.

El proceso para llamado a juicio comenzó el lunes 17 de junio, pero dos días después fue suspendido por pedido del abogado Marco Freire, defensor de los acusados. Desde ahí la audiencia se desarrolló con irregularidades, cuestionó Juan Ortiz, acusador particular y esposo de la víctima.

Desde el inicio del proceso,   Max T. fue acusado por no haber realizado la cirugía para la que fue contratado, sino que habría delegado el procedimiento a su hermano. Juan Pablo era inculpado por haber causado la herida que le quitó la vida a Sonia, mientras que el ayudante de bodega, Álex B., era señalado como encubridor, al no haber proporcionado los videos de la cirugía.

El único inculpado se sometería a lo que señalan los artículos 459  del Código Penal ecuatoriano, que señala que “es reo de homicidio inintencional el que ha causado el mal por falta de previsión o de precaución, pero sin intención de atentar contra otro”, y el Art.  460, que  establece que la sanción por este delito  “será penado con prisión de tres meses a dos años y multa de ocho a treinta y un dólares de los Estados Unidos de Norteamérica”.

El pasado lunes 24, cuando se inició la audiencia, la Fiscal detalló la participación que  habría tenido cada involucrado en el caso; luego, el juez Luis Fuentes declaró receso de varios días.

El esposo de la víctima explicó  que, de los testigos que se presentaron durante la audiencia, algunos eran familiares de personas que habrían muerto luego de cirugías realizadas por Max T., sin embargo, no se les permitió dar su testimonio ni se les recibió las pruebas entregadas, indicando que correspondían a copias simples del proceso.

Además, Ortiz reclamó  que el juez no aceptara como prueba el video de 8 minutos de duración,  en el cual se observaría a los médicos y enfermeras abandonando la clínica, luego del fallecimiento de la paciente hace un año.

Según   él, una de las testigos llegó desde México el pasado miércoles, sin embargo, cuando se presentó el jueves en el tribunal, el juez le habría dicho que, al no haber llegado el martes como estaba previsto, ya no se le tomaría su testimonio.

Lo mismo habría ocurrido con el capitán de Policía Édison Molina, quien estuvo a cargo de la investigación. El uniformado está acantonado en Manta (provincia de Manabí) y explicó al juez que  la notificación de su presencia en la audiencia le llegó el martes 18,  por lo que llegó el 20 a la ciudad de Quito, pero tampoco se le permitió dar su testimonio. “Teníamos unos 15 testigos y se les tomó la versión solo a cinco”, aseguró Ortiz.

Uno de los testigos de la parte acusadora -que tampoco pudo dar su versión- fue  Andrés Reina, quien perdió a su madre, Guadalupe Becerra, en marzo de 2008, según dijo luego de dos cirugías -una de bypass gástrico-  que le practicó Max T. en la clínica Pichincha.   

Ortiz manifestó, además,  que se recabaron alrededor de 16 pruebas en el caso, que confirmarían la culpabilidad de los galenos.  Entre ellas constan  el protocolo de autopsia que señaló que Sonia murió debido a una  hemorragia aguda interna, por laceración de la arteria aorta abdominal. Entre los documentos recabados también está la auditoría médica que realizó  el Ministerio de Salud a la clínica.

En su declaración, los médicos señalaron que la muerte  fue un caso fortuito, que nunca antes les había ocurrido.

El médico anestesiólogo Marco Vinicio  V., acusado de no haber monitoreado a la paciente durante la cirugía, falleció hace varios meses.

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