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Sentidos y necesidades para la preparación del nuevo plan de la carrera de Derecho

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Varios temas merecen discutirse para el rediseño de la carrera de Derecho en las instituciones de educación superior. El Reglamento de Régimen Académico presenta, como uno de los cambios con relación a la normativa anterior, la definición de horas de aprendizaje para la formación y la obtención de un título, eliminando el concepto exclusivo de crédito.

Esto permitiría la movilidad estudiantil de una institución universitaria a otra, por ello, sería oportuno propiciar el diálogo entre las escuelas y facultades de Derecho sobre qué contenidos curriculares comunes se pueden establecer y cuáles contenidos heterogéneos y diversos puede asumir cada institución con miras a crear redes de conocimiento y facilitar la homologación de estudios para lo cual también deben trabajar en áreas temáticas para alcanzar porcentajes de correspondencia en la excelencia, profundidad y número de horas orientadas a la formación.

Otro elemento importante es que las actividades formativas deben observar tres dimensiones, la primera, es asistida por el profesor o de docencia directa en clases presenciales o en línea en tiempo real, más las acciones colaborativas entre equipos de estudiantes con el profesor; la segunda, comprende las prácticas de aplicación y experimentación de los aprendizajes; y, la tercera, corresponde al aprendizaje autónomo. Por cada hora de docencia deberá existir al menos 1.5 o 2 horas de aprendizaje dedicado a prácticas y el concerniente al ejercicio autónomo.

Para alcanzar ese propósito, es indispensable que las y los docentes de cada asignatura preparen lo más pronto posible los contenidos de plataformas virtuales o aplicaciones en línea –de carácter masivo y con licencia de uso abierto- para que puedan cumplirse con estos requerimientos curriculares. En esos contenidos deberán incluirse lecturas de distinto orden comprensivo y con variados recursos de ejercicios sobre las materias con las respectivas evaluaciones sobre su utilización. Esto constituye una obligación de todas las instituciones universitarias puesto que deben colocar el microcurrículo de la carrera con materiales de elaboración propia correspondientes a los cursos con archivos de texto, video y/o audio de fácil revisión.   

Pero también existen temas de discusión conceptual, además de las obligaciones instrumentales que debe implementar cada institución. La función de toda facultad y escuela está en la formación de abogados (as) liberales, pero nos corresponde asumir la discusión en cómo profundizar los ámbitos de producción del conocimiento jurídico que vayan más allá de la formación de profesionales litigantes o de servidores judiciales, en pocas palabras: cómo diversificar el perfil profesional. Este tipo de análisis no se agotarán con el nuevo plan curricular, y debe trascender hacia la identificación de los nudos problemáticos y las distopías a la hora de hacer investigación científica desde el Derecho, considerando además que la enseñanza de este último en la educación superior no constituye un tema desarrollado como objeto de las investigaciones jurídicas que se publican en el país.

Cabe señalar también que en el país no existen revistas especializadas sobre esta materia ni tampoco secciones específicas regulares de las revistas jurídicas que circulan en medios académicos formales. Tampoco resulta alentador preparar en casi 6 meses un nuevo plan con la ardua tarea de resucitar una discusión en el país que no está insertada en las líneas tradicionales de investigación jurídica y representa un tema de interés de las y los abogados únicamente cuando fueron estudiantes y tuvieron dificultades pedagógicas o metodológicas a la hora de aprobar una asignatura, curso o su equivalente.

Por lo expuesto, es vital para una mejor preparación de las facultades o escuelas que inicien actividades de diálogo con miras a intercambiar criterios sobre la reorganización de los currículos de la carrera, pero también representa una necesidad posicionar el tema en la sociedad por cuanto el debate sobre qué y cómo se enseña Derecho es lo que nos responderá cómo se aplica y para qué fines se usan las normas jurídicas en esa sociedad.

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