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El Código General de Procesos regulará las materias no penales

La oralidad judicial es de obligatorio cumplimiento

Con la vigencia del Cogep se eliminarán los 10 minutos de espera en las audiencias judiciales.  Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo.
Con la vigencia del Cogep se eliminarán los 10 minutos de espera en las audiencias judiciales. Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo.
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“Asumir el proceso oral en el sistema judicial ecuatoriano, es una obligación que está señalada en la Constitución del 98 y ratificada en la de 2008”, aseguró Néstor Arbito, vocal del Consejo de la Judicatura, quien participó en el programa ‘Es de Justicia’ del Colegio de Abogados de Guayas.

Para el funcionario, bajo esta Carta Política se toma el reto de llevar la oralidad a todas las materias, para las penales ya está el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y para las otras materias el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que se encuentra en debate en la Asamblea Nacional y la oralidad se establecerá en lo Civil, en lo Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario.

En las audiencias los expedientes y los documentos quedaron a un lado, ya que con el sistema oral el juez debe estar atento y escuchar la contradicción entre las partes litigantes, sus fundamentos y alegatos, a base de ello y dentro de la audiencia debe tomar una decisión, así Arbito explicó la diferencia entre el sistema escrito y la oralidad.

Recordó que en un levantamiento de información relacionado con el sistema procesal, a nivel regional, el tratadista uruguayo Santiago Pereira Ocampo puso de ejemplo un juicio de cumplimiento forzoso de un contrato, en países que no tienen la oralidad se demoran 1.500 días en resolver. En naciones, como Estados Unidos, que ya cuentan con este sistema el tiempo de evacuación, del mismo caso, es de 320 días.

El presidente del Colegio de Abogados de Guayas, Jimmy Salazar, sostuvo que el Cogep regulará el sistema procesal de todas las materias no penales.

Además, se simplificarán las vías procesales, “actualmente existen más de 80 vías procesales, lo cual genera mucha inseguridad jurídica, el proyecto de reformas reduce a 4 las vías procesales, como el juicio ordinario, sumario, el proceso monitorio, que es nuevo y lo adopta el nuevo código; y, el proceso ejecutivo”, dijo el profesional.

El Cogep también regula el ejercicio de los derechos constitucionales, por ejemplo la tutela efectiva judicial, es decir todas aquellas razones que tienen relación directa con el derecho de petición, indicó Paola Martínez, miembro del Colegio de Abogados, quien espera que en 2015 entre en vigencia esta normativa procesal.

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