Publicidad
La Cámara de Gesell minimiza revictimización
En Ecuador, cifras comparativas entre los períodos de enero a junio de 2012 y 2013, evidencian una tendencia a la baja en delitos sexuales, situándose en -23,2%, según el Ministerio del Interior.
La adopción y ejecución de acciones, planes y estrategias de atención a las víctimas, sobre todo a niños, niñas y mujeres adultas, procurando la utilización de medios y procedimientos que reduzcan o no provoquen nuevos daños a las mismas (revictimización), sin afectar el derecho de defensa del procesado en armonía con los derechos humanos, constan entre las iniciativas instauradas por la Fiscalía a escala nacional para lograr ese propósito.
En este escenario cobra especial relevancia la utilización de la denominada Cámara de Gesell, dentro de las Unidades de Atención en Peritaje Integral que funcionan en cada una de las fiscalías provinciales.
La Cámara está conformada por dos habitaciones separadas por una pared en la que hay un vidrio de gran tamaño que permite ver desde una de las habitaciones lo que ocurre en la otra donde se realiza la entrevista, pero no a la inversa, y que cuenta con equipo de audio y video para grabar íntegramente lo que ocurre.
Hasta antes de la plena utilización de la Cámara en los procesos, vigente en el Distrito desde 2009, en el procedimiento penal ordinario, una víctima era sometida a diligencias de entrevista e interrogatorios en más de una ocasión por parte del investigador asignado (que inclusive podrían ser más, debido a las rotaciones y pases dentro de la institución policial), el médico forense, psicólogo, trabajadora social, fiscal, juez de garantías penales y ante los jueces miembros del tribunal.
Es por ello, a criterio de David Villamar, abogado en el libre ejercicio y que actualmente patrocina el caso de un niño de 10 años que, supuestamente, fue abusado por otros compañeros de aula, es importante el trabajo en la Cámara de Gesell como herramienta investigativa en el abuso sexual de niños y niñas, específicamente en el ámbito procesal penal.
Este esquema, agrega, evita que víctimas y acusados o sospechosos se vean de forma directa al momento de la declaración o identificación, lo que facilita las indagaciones, el esclarecimiento de los hechos y la sanción a responsables, mediante el aseguramiento de la participación de la víctima en el proceso, como principal testigo de los hechos.
Al referirse a este punto, Martha Villamarín, coordinadora de la Unidad de Atención en Peritaje Integral de la Fiscalía del Guayas, indica que en la Cámara no solo se realizan testimonios urgentes (nombre que se le da a las diligencias practicadas dentro de esta área) de víctimas de violencia sexual, sino que también es empleada para receptar versiones de testigos presenciales de asesinatos, delitos contra la vida y casos de adolescentes infractores.
Villamarín confirma que el mayor porcentaje de los testimonios urgentes en la Cámara de Gesell corresponden al de víctimas de violencia sexual, y este se lo recepta siempre por solicitud del fiscal que investiga el caso hacia el juez de garantías penales, quien fija día y hora para la diligencia.
Una vez programada la diligencia, deben concurrir el juez, el fiscal, el defensor público, denunciantes y representantes legales.
Desde enero hasta julio de 2013, la Unidad de Atención en Peritaje Integral de la Fiscalía del Guayas ha recogido 123 testimonios urgentes en la Cámara de Gesell, donde trabaja un técnico, encargado del monitoreo y grabación en audio y video, así como un equipo multidisciplinario integrado por psicólogos y trabajadoras sociales.
Un miembro de este equipo es la psicóloga clínica Mariela Guzmán, quien explica que siempre es más difícil abordar a los menores para que relaten los pormenores de las posibles agresiones de las que han sido víctimas. De ahí la importancia, acota, en el empleo de técnicas y procedimientos que contribuyan en la recuperación del menor de edad, ayudándolo a romper sus barreras emocionales y a narrar los hechos del que fue blanco, “en un ambiente adecuado, sin ningún tipo de presiones” a fin de obtener su testimonio en una grabación de audio y video, al que los administradores de justicia tienen acceso.
La especialista señala que dependiendo de la edad, el tipo de agresión y personalidad de la víctima, emplea diversas técnicas como las denominadas “La persona bajo la lluvia” (en una hoja de papel el individuo impregna el dibujo con su propio estilo), “La Familia”, “HTP” (siglas en inglés de casa, árbol y persona), o “Idare” (test para medir el nivel de ansiedad).
Las técnicas y el diálogo que emplea la psicóloga con el ofendido o testigo en ese ambiente de privacidad que ofrece la Cámara es contemplado por los operadores de justicia y partes procesales, quienes tienen la posibilidad de analizar y trasladar preguntas o posibles inquietudes a la profesional por medio de diminutos micrófonos que son operados por el técnico.
Luz María Paz y Miño, fiscal de la Unidad de Delitos Sexuales, manifiesta que es obligación de los fiscales utilizarla en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución, que reprime la revictimización al estar en contacto directo con el agresor.
“Es procesalmente legal llamar a testimonio urgente a los menores de edad en la Cámara de Gesell, y los jueces están en obligación de despachar ese requerimiento, según lo que establece el tercer inciso del artículo 119 del Código de Procedimiento Penal; en vista de eso, los fiscales solicitamos se fije día y hora para la diligencia”, indica.
El juez que avoca conocimiento del caso dispone en el acta que la grabación completa del testimonio urgente sea transcrita, por lo que la Fiscalía dispone esa pericia a través del Departamento de Criminalística y ese registro es elevado como prueba dentro de la etapa de juicio.
Junto con la lectura de la transcripción consta, además, como elemento de prueba de la Fiscalía, el examen psicológico practicado.
Paz y Miño relata que este tipo de diligencias resultaban muchas veces fallidas debido a la inasistencia de los abogados defensores particulares, quienes en procura de dilatar los procesos no acudían a la convocatoria del juzgado; sin embargo, desde la implementación de la Defensoría Pública se está cubriendo ese tipo de falencias.