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Justicia para infractores adictos - Parte 1

Ser adicto no es delito. La Constitución de Montecristi considera a las adicciones como un problema de salud pública, por ende, el consumidor es un enfermo y no un delincuente. Pero ¿dónde estaba la delgada línea roja entre consumidor y traficante? El sistema judicial no tenía una sola respuesta, tenía varias. Sin una guía legal, reglamentaria o de cualquier índole, la distinción se definía según el “leal saber y entender” y la “íntima convicción” de jueces y fiscales. Esto dio como resultado tratos diferenciados en el sistema judicial ante mismos gramajes y mismas drogas, es decir, fallos contradictorios, consumidores privados de libertad injustamente y traficantes libres e impunes.

La creación de los llamados Tribunales de Tratamiento de Drogas es una opción por analizarEsta situación debería corregirse con la reciente resolución 001 CONSEP-CD-2013 del Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que acoge el análisis de la toxicidad, estudios psicológicos, biológicos y otros necesarios sobre la tenencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para el consumo personal elaborado por el Ministerio de Salud Pública, así como la propuesta de cantidades máximas admisibles de tenencia para el consumo personal. Este documento  constituye un mecanismo para disminuir la discrecionalidad -léase arbitrariedad- judicial y que debe servir como guía para la administración de justicia. Asimismo, es obligación del sistema penal impedir que esta herramienta se convierta en una excusa o camuflaje legal para el microtráfico al momento de resolver la situación jurídica de las personas detenidas por hechos relacionados con las drogas.

La adicción a las drogas constituye un fenómeno social que provoca problemas en la salud, relaciones familiares, laborales, delictuales, entre otros, y que demanda una respuesta interdisciplinaria por parte del Estado. Es necesario mencionar que justicia y drogas no son temáticas que solo confluyen en los delitos de tráfico ilegal, sino que algunos delitos contra la propiedad o de violencia intrafamiliar, entre otros, tienen como antecedente y/o causa la adicción a las drogas.

En Ecuador el sistema de justicia no distingue si el infractor es o no consumidor de drogas durante el trámite de las causas penales, por cuanto no genera mayor repercusión procesal. Sin embargo, la justicia debe dar una respuesta a esta problemática diferente a la meramente punitiva, considerando la dimensión humana y de salud, a efecto de lograr un tratamiento justo y respetuoso de los derechos humanos, que se adecúe a nuestra realidad social y que dote de contenido material a los derechos de las personas.

Es posible y conveniente combinar el tratamiento de las adicciones como un problema de salud pública con el sistema de justicia, en lo que se conoce como Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), que persiguen la recuperación del adicto infractor, pero no como una criminalización de la adicción sino como un mecanismo para enfrentar la criminalidad -principalmente contra la propiedad- de personas que han delinquido como consecuencia de su adicción a la drogas.

En el informe analítico sobre El Problema de las Drogas en América del año 2013, de la Organización de Estados Americanos, se señala que los TTD “conectan el sistema judicial de jueces, fiscales y abogados defensores a través de proveedores de servicios sociales con una estrategia de tratamiento que aborda las causas subyacentes que han conducido a las personas al acto criminal: la dependencia de las drogas. Este modelo, cuyas evaluaciones han demostrado su eficacia en función de los costos y la reducción del riesgo de la reincidencia, se ha empezado a implementar en Canadá, Chile, Costa Rica, República Dominicana, Jamaica, Barbados, Trinidad y Tobago, México y Estados Unidos”.

Esta estrategia permite bajar de manera efectiva la violencia, los problemas familiares y sociales que causan la adicción y la delincuencia asociada al consumo de drogas. Si deseamos analizar esta temática desde una visión económica y de eficiencia, el tratamiento terapéutico es más barato que el penitenciario, y los niveles de reincidencia delictiva son menores en aquel que con la respuesta punitiva tradicional, tomando en cuenta que las adicciones se acentúan en los centros de rehabilitación social.

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