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En el gran juicio del dopaje en España, los deportistas denunciados se salvaron

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Un juicio de gran magnitud y, tal vez, de trascendencia pública, lo inició España en 2013, después de siete años de investigaciones en lo que se denominó operación Puerto, nombre que poco tuvo que ver con el proceso realizado que desarticuló una red de dopaje, liderada por el doctor Eufemiano Fuentes, que ofrecía varias prácticas ilícitas para mejorar el rendimiento de deportistas basadas en hormonas, medicamentos y transfusiones sanguíneas.

La Policía española, conocida como Guardia Civil, comenzó en  2006 una cantidad de procesos investigativos que desembocaron en detenciones de involucrados en redes de dopaje que tenían como clientes a 58 ciclistas, pero también no se escapaban futbolistas, tenistas, boxeadores y varios atletas.

No es muy preciso el dato acerca de cómo comenzó a desenmarañarse el ovillo de vinculados al doping, pero existen presunciones de que el positivo del español Roberto Heras, ganador de la Vuelta a España en  2005, produjo este desenlace.

Este minucioso proceso policial y judicial se estrelló contra un muro, la investigación se vio lastrada al no permitir al juez de la causa que se analizara la documentación incautada, porque al no ser el dopaje considerado un delito en ese momento en España, solo podía alegarse un perjuicio a la salud pública. Otros países europeos, como Italia y Alemania, que seguían de cerca al juicio español y vieron la negativa de las autoridades ibéricas en continuar con las investigaciones, iniciaron sus propios procesos contra el dopaje.

En noviembre de 2006, en España, se tipificó por primera vez al dopaje como delito, introduciendo en el Código Penal el artículo 361 que lo señala como tal, y las sanciones van de 6 meses a 2 años de prisión, multa de seis a 18 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, de dos a cinco años”.

El Código Mundial Antidopaje tuvo algunas modificaciones, la última en 2015, ampliando los conceptos y aumentando las infracciones a las normas antidopaje y estableció 10 reglas fundamentales para especificar cuáles casos son considerados violaciones.

Ciclista denuncia

Jesús Manzano, un ciclista español, había concurrido en persona al diario AS de Madrid para denunciar, en marzo de 2004, que el dopaje era una práctica extendida y generalizada en el ciclismo profesional. Manzano, quien fue despedido del equipo Kelme en 2003, dio detalles que conocía de su propio equipo involucrando en sus acusaciones al médico Eufemiano Fuentes, el galeno oficial de Kelme; Yolanda Fuentes, hermana del anterior; Alfredo Córdova y Walter Virú, además de mencionar al deportólogo italiano Luigi Cecchini.

José Luis Merino también figuraba entre los médicos denunciados y el lugar clave era la dirección madrileña Zurbano 92, donde se realizaban los análisis a los ciclistas y un estudio camuflado en la habitación 101 del Hotel Aida, de Torrejón de Ardoz.

El ‘método Fuentes’ destacaba por sus transfusiones sanguíneas y esa sangre era posteriormente guardada a baja temperatura y se la reinyectaba para mejorar el rendimiento. También era común la utilización habitual de fármacos y sustancias prohibidas en el deporte, tales como la EPO, el HGC Lepori, el Andriol, entre otros, y después los médicos del equipo Kelme realizaban análisis, en el hotel de concentración durante la competición, para asegurarse de que los ciclistas no dieran positivo en los controles.

Las confesiones de Manzano crearon polémica y fueron duramente criticadas. El ciclista recibió amenazas de muerte. Sin embargo, la investigación efectuada por la Guardia Civil confirmaría plenamente este testimonio. El 23 de mayo de 2006 se detuvo en Madrid, en San Lorenzo de El Escorial y en Zaragoza, a los presuntos responsables de la trama de dopaje.

A Fuentes lo detuvieron a la salida de una cafetería. En el momento de su arresto portaba 10 teléfonos móviles y varias tarjetas, con nombres y números de varios ciclistas y técnicos. En su apartamento de Madrid se hallaron dos frigoríficos y un arcón frigorífico de aproximadamente 200 litros de volumen, en cuyo interior se encontraron congeladas 96 bolsas de sangre concentrada de hematíes para autotransfusiones y 20 bolsas de plasma. También había esteroides, anabolizantes, corticoides, hormonas y medicamentos caducados.

El caso tuvo su reapertura en  2008, pero el juez Antonio Serrano  volvió a desestimar el caso al decir que los niveles de EPO hallados en las bolsas de sangre no suponían un riesgo para la salud de los deportistas que pudiesen inyectársela, lo cual no era delito. Otra autoridad judicial ordenó un nuevo juicio al año siguiente y que sería oral y por el cual ningún deportista sería castigado.

Finalmente, el juicio oral efectivo se realizó a comienzos de 2013 en el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid, en una sala presidida por la juez Julia Patricia Santamaría. El propósito del juicio era determinar si se había cometido un delito contra la salud pública, al no ser el dopaje un delito, según la legislación vigente en España en el momento de los hechos, por lo que ningún deportista cliente de la supuesta red figuraría entre los imputados.

La sentencia dictada por la jueza consideró probada la existencia de un delito contra la salud pública y estableció un año de prisión y cuatro de inhabilitación para Fuentes, y cuatro meses de prisión e inhabilitación para José Labarta. Al carecer ambos de antecedentes penales, y siendo sus penas de menos de dos años, ninguno de los condenados tuvo que ingresar en la cárcel.

Los demás fueron exculpados. Para muchos, el dopaje se burló de la justicia, aunque gracias a la operación Puerto se desbarató una gran red. El laboratorio de Fuentes sigue ofreciendo análisis clínicos. (I)

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