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El nuevo Código, que tiene 439 artículos, ya fue aprobado por la Asamblea y espera el veto presidencial

En 30 días se instala audiencia de juicio con procedimiento ordinario

Los jueces en el proceso ordinario deberán sentenciar oralmente en la misma audiencia frente a los litigantes. Foto: Archivo / El Telégrafo
Los jueces en el proceso ordinario deberán sentenciar oralmente en la misma audiencia frente a los litigantes. Foto: Archivo / El Telégrafo
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El nuevo Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que ya fue aprobado por la Asamblea el pasado 26 de marzo y al momento espera el veto del Ejecutivo, dispone que las disputas que no están contempladas en las materias especializadas como los procesos ejecutivos, societarios administrativos, contencioso administrativo o penal se resolverán mediante un procedimiento ordinario, en el cual la audiencia de juicio se instalará en máximo 30 días, después de concluida la diligencia preliminar.

El exmagistrado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Johny Ayluardo, manifestó que al momento hay procesos como los sucesorios o los planteados para cobro de deudas, por letra o cheque que pueden extenderse hasta 10 años, por eso “el Cogep obliga a que estas causas se resuelvan en litigación oral frente al juez, el cual deberá sentenciar en la misma audiencia”.

El artículo 291 del Cogep indica  que una vez presentada la demanda las partes tienen 30 días para la contestación, luego de lo cual se convoca a una audiencia preliminar  donde el juzgador resolverá si procede una mediación para solucionar la disputa o hay acuerdo de las partes, caso contrario se fija fecha para el juicio en los siguientes 30 días.

El artículo 297 sobre la audiencia de juicio en el numeral 7 dispone que “terminada la intervención de las partes, la o el juzgador podrá suspender la audiencia hasta que forme su convicción debiendo reanudarla dentro del mismo día para emitir su resolución mediante pronunciamiento oral”.

Preparación de jueces

Esto permitirá obtener sentencias en menos tiempo. Pero, para el jurista AntonioLópez, deberían imponerse jueces especializados, ya que solo en el área civil podrían llegar a  ese tipo de proceso  temas de carácter mercantil, societario, inquilinato, hereditario, obligaciones y contrataciones, “es un universo que haría  muy  difícil que un solo  juez tenga el conocimiento adecuado para resolver  todas esas materias”.

Es probable que un magistrado sea bueno en temas de derechos de familia o sucesorios, pero cuando le lleguen otras disputas de alta complejidad como, por ejemplo de derecho mercantil o ley general de seguros, “será muy difícil que el mismo  juez tenga la capacidad de resolverlos de forma ágil, el reto va hacia el Consejo de la Judicatura, no se trata de  formar jueces procesales que conozcan solo el procedimiento, sino expertos en las materias del quehacer judicial, es decir que esos jueces garanticen a la ciudadanía el conocimiento adecuado para una correcta sanción”, sostuvo el jurista.

Ayluardo coincide en que la aspiración de la reforma procesal incidirá en la preparación de los magistrados, para lo cual se necesitará entregar más recursos para garantizar su capacitación académica.

12 meses de capacitación

El presidente delConsejo de la Judicatura, GustavoJalkh, recordó que luego de que el Ejecutivo vete el Cogep y se publique en elRegistro Oficial, tendrán 12 meses para que los magistrados y operadores judiciales se instruyan en cada uno de los artículos del Código de Procesos antes de que entre en vigencia.

El funcionario mencionó que incluso algunos juicios ordinarios como el caso del reclamo por deudas que no superen las 5 remuneraciones básicas unificadas podrán presentarse mediante un formato establecido que será desarrollado por la Judicatura sin necesidad de que las personas recurran en gastos de abogado, sino que podrán ir directamente donde el juez para que resuelva la situación jurídica.

Jalkh destacó que el Cogep cambiará totalmente la estructura jurídica en el país. (I)

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