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Ecuador, 03 de Agosto de 2025
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El derecho de ser padres

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En días recientes el Ministerio de Justicia anunciaba un acuerdo con el BIES para conceder préstamos a aquellos padres que no puedan asumir sus obligaciones de pensiones de alimentos para sus hijos. Lo que parecería una buena noticia o un logro, revela varios problemas sociales presentes en nuestra sociedad: la preocupación prioritaria de las necesidades materiales en los menores en detrimento de proteger sus necesidades afectivas; autoridades que enfatizan gran atención en casos específicos de padres que no cumplen sus obligaciones, pero descuidan otros factores integrales del resto de familias y casos diversos como de aquellos progenitores que no pueden ver a sus hijos por falta de autorización de sus madres; servidores judiciales que postergan y dilatan los juicios de visitas, pero resuelven con gran inmediatez los juicios de alimentos; una legislatura que se preocupa de reformas banales al Código Civil (que cambia cuestiones irrevelantes del divorcio, pero no asegura los intereses superiores y derechos de niño(a)s en la separación de sus ascendientes) y deja intactos temas de fondo de la legislación de niños y adolescentes como una necesaria reforma para igualar las responsabilidades afectivas en el cuidado y protección de padre y madre, así como involucrar más a esta última en las responsabilidades económicas y de manutención de sus hijos.

El problema de fondo es que la legislación actual legitima las desigualdades y elimina la corresponsabilidad parental, separando a los padres de sus hijos y consignándoles el único rol de sujetos proveedores de las necesidades económicas de aquellos, y los priva de las acciones de cuidado y crianza, sin dejar las opciones abiertas para que las madres también se encarguen de las acciones de provisión de requerimientos materiales de los menores. Y lo que tenemos sin respuestas es la formación y crecimiento de niño(a)s que crecen viviendo conflictos y separaciones de sus progenitores.

Tal vez sería pertinente plantear una reforma legal que incluya la figura de maltrato infantil como ya consta en la legislación boliviana, contra aquellas progenitoras que causan separación y distancias entre hijo(a)s con sus padres al establecer obstáculos o impedimentos para que aquellos no puedan ejercer sus responsabilidades y derechos como padres y puedan desarrollar una convivencia permanente sin depender de visitas, ni permisos, ni horarios fijados por una parte, que no hay razón de que tenga mayores ventajas en su acción de custodia. Además, ¿quién regula o controla las formas en que las madres ejercen la custodia?, ¿qué autoridad controla que la pensión con que contribuye un padre es destinada estrictamente a las necesidades de su hijo?, ¿qué regulaciones existen para que las madres cumplan efectivamente sus responsabilidades en el derecho de cuidado de los menores?, ¿ante qué autoridad responden aquellas personas custodias de los niño(a)s que no permiten que sus padres asuman un cuidado compartido en protección y convivencia? Estas preguntas confirman una legislación que agudiza irreversibles contradicciones sociales y humanas para el desarrollo de familias que una sociedad necesita reparar con urgencia.

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