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El Código de la Iglesia impide sanción a sacerdotes

La Comisión Ocasional Aampetra de la Asamblea Nacional, en las conclusiones de su informe final determinó que “existen debilidades institucionales para registrar e investigar los casos de violencia sexual” cometidos en escuelas y colegios, o por miembros del sacerdocio.

También asegura que el “temor reverencial”, el miedo de desagradar a las personas a quienes se debe sumisión y respeto, es una de las causas para que estas situaciones no se denuncien.

Otro motivo para que no se tenga un número exacto de casos es el secretismo dentro de la Iglesia, que se rige por las normas del Código Canónico.

Esta normativa religiosa  establece la obligación de mantener en secreto los casos que lleguen a su conocimiento y prioriza los juzgamientos eclesiásticos sobre la derivación a la justicia ordinaria.

Según la investigación de los asambleístas de la comisión legislativa, la pena aplicada por la Iglesia en los casos de índole sexual, generalmente es el traslado a otro lugar y no la expulsión del estado clerical, por lo que el religioso infractor llega fácilmente a estar nuevamente en contacto con niños y adolescentes. (I)

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