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Una de cada 4 mujeres ha sufrido violencia sexual

Una de cada 4 mujeres ha sufrido violencia sexual
08 de noviembre de 2013 - 00:00

Un padre tiene prisión preventiva por el supuesto abuso sexual en contra de su hija de 5 años de edad, cuya madre está embarazada y se encuentra delicada de salud.         

La pequeña, a la que llamaremos "Lucía", fue sometida a exámenes médicos y se comprobaron  lesiones recientes en sus partes íntimas.

Víctor León, fiscal encargado del caso, manifestó que al individuo, de 31 años, se le inició un proceso según el artículo 512 del Código Penal Vigente que establece: "Es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o, la introducción, por vía vaginal o anal, de los objetos, dedos u órganos distintos del miembro viril, a una persona de cualquier sexo. Este delito está sancionado con una pena de reclusión mayor especial de dieciséis a veinticinco años.

El funcionario manifestó que acusó al progenitor como presunto autor del delito y que la instrucción fiscal durará 30 días desde la fecha de la audiencia; es decir desde el lunes 4 de noviembre. La diligencia se efectuó alrededor de las 19:30.

En la mayoría de casos los agresores son personas muy cercanas a la víctima (padrastros o padres)"Clara", la madre de “Lucía”, según sus familiares, no deja de llorar desde la noche del 3 de noviembre cuando se percató de lo ocurrido en la casa que alquilaba en el barrio Cinco Esquinas, de la parroquia Pascuales de Guayaquil.

Su padre expresó con una mezcla de sentimientos entre tristeza, enojo e indignación, que espera que ese hombre -si se demuestra que cometió el delito- pague con cárcel lo que le hizo a su nieta.

Mientras la audiencia se realizaba en la sala número 1 de la Unidad de Delitos Flagrantes, "Lucía" corría por los pasillos y cuando se cansaba se lanzaba a los brazos de una prima. Con temor por las heridas que sufrió, los demás allegados le decían que se quedara quieta.

"Me da pena porque ella no entiende lo grave que ha ocurrido. Ella misma cuenta lo que su padre le hizo. No sabe cómo describirlo, pero lo dice asustada. Por momentos se le olvida, pero ha pasado tan poco tiempo y ya presenta conducta un tanto agresiva. Hasta le lanzó piedras a unos niños.

Cifras sobre violaciones

La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica en un estudio realizado a finales del 2012 en diversas regiones del mundo, incluyendo América Latina y el Caribe, que entre el 20% de las mujeres y entre el 5 y 10% de los hombres dijeron haber sido abusados sexualmente en su infancia.

Las cifras que maneja el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam) detallan que una de cada cuatro mujeres del país ha vivido violencia sexual, que el 26.4% de los hechos fue por parte de una persona conocida y el 40% a menores de 17 años. Durante el 2010, la Fiscalía registró 4.669 casos, un promedio de 13 violaciones por día.

Las estadísticas del Ministerio Coordinador de Seguridad muestran en una comparación de los incidentes de  julio del 2012 y el mismo mes del 2013, que el delito de violación tuvo un descenso de 9.95%, aunque no se especifica el número de casos registrados.

Sonia Rodríguez, psicóloga del Cepam, mencionó que los cómputos que manejan están basados en los registros de la Fiscalía General del Estado (FGE) y que reflejan un promedio de 10 violaciones diarias, no obstante la institución pública no confirmó ni desvirtuó la información.

Un niño no tiene
la capacidad para distinguir con claridad las acciones buenas de las malas
La especialista mencionó que en la mayoría de casos los agresores son muy cercanos a la víctima, por ejemplo el padrastro, el padre, el conductor del expreso escolar, algún trabajador de su escuela o quien le enseña actividades extracurriculares. "Los victimarios conocen a su víctima, tienen todo el control y poder, saben cómo intimidarla, la amenazan o la confunden diciendo que lo que están haciendo es por el amor que le tienen. Un niño no tiene capacidad para distinguir con claridad las acciones buenas de las malas. Es difícil entender cómo un padre puede abusar de su hija, se supone que él representa amor y cuidado".     

Rodríguez dijo que en el caso de la menor ultrajada no debe quedar solo en lo legal, sino proporcionarle ayuda médica y psicológica, igual que a su madre y a los parientes que también estén impactados por el suceso. Además destacó que para evitar este tipo de agresiones debe haber mucha comunicación e informar a los niños para que así  tengan la plena confianza de  transmitir lo que les ocurre.  

Según la OMS toda violencia contra los niños, y en particular el maltrato infantil en los 10 primeros años de vida, constituye un problema y un importante factor de riesgo de otras formas de violencia y trastornos de salud a lo largo de toda la vida.

“Los abusos sexuales en la infancia explican aproximadamente un 6% de los casos de depresión, un 6% de los casos de abuso/dependencia del alcohol y las drogas, un 8% de los intentos de suicidio, un 10% de los casos de trastorno de pánico y un 27% de los casos de trastorno de estrés postraumático”, consta en el análisis.

Estudios adicionales  han relacionado los malos tratos físicos, los abusos sexuales y otros acontecimientos adversos en la infancia con el consumo excesivo de tabaco y los trastornos alimentarios. Los comportamientos sexuales de alto riesgo constan como una de las principales causas de muerte a nivel mundial junto con el cáncer y las enfermedades cardiovasculares.

DE 19 A 22 AÑOS DE RECLUSIÓN POR VIOLACIÓN

El artículo 173 del Código Orgánico Integral Penal (COIP en debate) contempla que quien cometiera una violación será sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años en cualquiera de los siguientes casos: 1. Cuando la víctima se halle privada de la razón o del sentido, cuando por enfermedad o por discapacidad no pudiera resistirse.  2. Cuando se use violencia, amenaza o intimidación.  
3. Cuando la víctima sea menor de catorce años.    

La violación se sancionará con el máximo de la pena prevista en el primer inciso, cuando:

1. La víctima, como consecuencia de la infracción, sufra una lesión física o daño psicológico permanente.
2. La víctima, como consecuencia de la infracción, contraiga una enfermedad grave o mortal.
3. La víctima sea menor de seis años.      
4. Cuando el agresor sea tutora o tutor, representante legal, curadora o curador o cualquier persona del entorno íntimo de la familia o del entorno de la víctima, ministro de culto o profesional de educación o de la salud o cualquier persona que tenga el deber de custodia sobre la víctima.
5. La o el agresor sea ascendiente o descendiente o colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
6. La víctima se encuentre bajo el cuidado de la o el agresor por cualquier motivo.
También dicta que si se produce la muerte de la víctima se sancionará con pena privativa de libertad de entre veintidós a veintiséis años.

Gráfico: INEC

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