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Sentencia en firme y la Ley de Apoyo Humanitaria validan el retiro de pensión vitalicia para Correa

Sentencia en firme y la Ley de Apoyo Humanitaria validan el retiro de pensión vitalicia para Correa
Archivo / EL TELÉGRAFO
08 de octubre de 2020 - 19:17 - Redacción Justicia

La sentencia ejecutoriada en el caso Sobornos, no es el final de ese proceso legal. Tras la ratificación del dictamen, en septiembre pasado, las defensas de los implicados apelaron a diversos recursos para evitar que se apliquen las sanciones emitidas por el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

Eso se puede observar con la respuesta del expresidente Rafael Correa, sentenciado a ocho años por delito de cohecho, quien -a través de su defensa legal- solicitó que se revoque la providencia que ordena al Ministerio de Finanzas para que deje de recibir la pensión vitalicia por haber sido presidente de la República.

Correa y el exvicepresidente Jorge Glas perdieron sus pensiones luego de que el Tribunal de Casación de la CNJ decidiera ratificar sus condenas.

El artículo 135 de la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) establece que "se fija una pensión vitalicia mensual a favor de los expresidentes y exvicepresidente de la República". En el caso de Correa su pensión era de $4.226 y la de Glas 4.057.

No obstante, el pasado 22 de junio entró en vigor la Ley de Apoyo Humanitario por la emergencia del covid-19. Con esa norma se disponen dos excepciones para el cobro. El primero, que los mandatarios que no concluyeron el período para el que fueron electos por su cese de funciones. Y el segundo, haber recibido sentencia por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, delitos contra la vida, de lesa humanidad y violencia sexual.

Si bien hay una norma que respalda el retiro de pensiones, el expresidente calificó como "injusta, arbitraria e ilegal sanción".

Expertos en el tema, consideran que el pedido de revocatoria es "en extremo cínico". Ese fue el criterio de Patricio Álvarez, abogado en libre ejercicio, quien considera injusto que un presidente señalado por un acto de corrupción, reciba dinero del pueblo.

El jurista reiteró que existen dos normas "de peso" que sustentan el retiro de esa pensión. "La norma es clara, el expresidente incurrió en uno de los delitos mencionados en la Ley de Apoyo Humanitario", señaló.

Similar criterio compartió el abogado Armando Herrera. Reconoció que la norma no puede ser retroactiva. Es decir, no que se puede aplicar a mandatarios anteriores, pero advirtió que existe una sentencia en firme que eso pone en peso la decisión de un tribunal.

Otros recursos ante la sentencia

Estos no son los únicos recursos que se presentaron. Hasta el momento, la defensa de siete de los 20 sentenciados acudieron a la Corte Constitucional (CC) para presentar una acción extraordinaria de protección.

Entre ellos se encuentran María de los Ángeles Duarte, exministra de Transporte; Walter Solís, exsecretario del Agua; Vinicio Alvarado, exministro de Turismo; Alexis Mera, exsecretario Jurídico de la Presidencia. Este último, además envió un escrito solicitando que sea trasladado a un centro penitenciario en Guayaquil.

Varios de los empresarios sentenciados también acudieron a la CC. Entre ellos, Édgar Salas de Consermin, Rafael Córdova de la empresa Metco y Víctor Fontana de Fopeca. (I)

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