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El Telégrafo
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Poco a poco las disculpas públicas se afianzan en el país

Poco a poco las disculpas públicas se afianzan en el país
Foto: John Guevara / EL TELÉGRAFO
08 de octubre de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

En la Edad Media quienes cometían delitos graves eran penados con diversas formas de muerte como la horca, lapidación, quemados o enterrados vivos, decapitados, descuartizados y otras formas de ejecución que se realizabn en plazas públicas, para demostrar severidad y generar temor.

A su vez, los delitos menores eran castigados con mutilaciones de manos, pies, orejas, nariz, padecimientos físicos, humillaciones, los sancionados eran ubicados semidesnudos en jaulas colgantes en sitios públicos, eran latigueados, o se les aplicaba el denominado “sambenito”, un tipo de camisa amarilla con una cruz roja de San Andrés. El ofensor necesitaba llevar el hábito todo el tiempo, como una señal para el público de que era un marrano, en fin.

Los castigos aplicados a cada delito según el país y la época, abarca todas las civilizaciones, desde tiempos precristianos, hasta hoy, siempre utilizados como un mecanismo de escarmiento moral.

Si bien ese tipo de penas han ido desapareciendo con el correr de los siglos, las han reemplazado otras más humanas y menos degradantes, de la mano de la conquista de derechos, libertades y del progreso, que dejaron desterrados los castigos corporales, incluso para los delitos más aberrantes.

Sin embargo, existen todavía demasiadas excepciones y no solo perviven prácticas inhumanas en algunos países sino que hasta hay retrocesos. Por ejemplo, el código islámico impuesto por el régimen iraní desde el año 1980 equipara el adulterio como un crimen y admite la lapidación como castigo. Además, la Justicia de ese país practica con gran frecuencia el ahorcamiento de ladrones y violadores en plazas públicas.

En nuestro propio país con el reconocimiento de la Justicia Indígena en la Constitución del 2008, se permite la vigencia de castigos físicos públicos a quienes han cometido algún tipo de delito, sin que la justicia Ordinaria pueda intervenir directamente. Se evidencian peligrosos excesos, dado que los códigos de algunas etnias admiten castigos corporales y diferentes formas de humillación pública.

Entre 2010 y 2011, 41 niños fueron víctimas de abuso sexual, psicológico y físico en un colegio de Quito. El dolor e indignación invadieron a los padres de familia. Foto: John Guevara / EL TELÉGRAFO

La protección a los DD.HH.

A mediados del siglo XX nace la Organización de los Estados Americanos (OEA), de ámbito regional y continental, con el objetivo de ser un foro político para la toma de decisiones, el diálogo multilateral y la integración de América. La declaración de la organización dice que trabaja para fortalecer la paz, seguridad y la consolidación de la democracia, promover los DD.HH., apoyar el desarrollo social y económico favoreciendo el crecimiento sostenible.

En abril de 1948 al crearse la OEA, se aprueba la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el primer documento internacional de derechos humanos de carácter general. Once años después se crea la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), con lo que cambia la historia mundial con respecto a los derechos de las personas.

Dentro de las normas establecidas por este organismo, se estipula a favor de quienes hayan sufrido un acto de violación a sus derechos, la figura de “medidas de reparación no materiales”, las cuales propenden a resarcir a las víctimas en su condición moral y espiritual, sin que para ello medie el reconocimiento particular de dinero.

Entre las medidas de reparación se encuentra las disculpas públicas, la publicación de la sentencia condenatoria, el cambio de legislación, la exhortación para el desarrollo de políticas públicas en contextos determinados, entre otras.

Las disculpas públicas en el Ecuador

El acto de disculpas públicas, como reparación integral de un hecho tras una sentencia judicial, es prácticamente nuevo en el país y progresivamente se lo viene aplicando en los últimos años.

El Art. 78 de la Constitución de la República aprobada en el 2008, establece que a las víctimas de infracciones penales se les garantizará su no revictimización, así como una reparación integral de la agresión. La reparación integral incluirá el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado.

De igual manera, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente desde el 2014, en su Art. 78, establece como un mecanismo de reparación integral las medidas de satisfacción y dentro de estas la disculpa y el reconocimiento público de los hechos y de las responsabilidades.

Según el abogado y experto en derechos humanos, Juan Pablo Albán, las disculpas públicas -como medida de reparación- las puede solicitar la víctima, pero es el juez, en su dictamen, el que determina que las disculpas se desarrollen incluso cuando no existe la petición.

Varios casos en el país

Si bien los jueces, fiscales, abogados y otros operadores de justicia tienen conocimiento de la existencia de las disculpas públicas, su aplicación no es amplia y más bien paulatinamente va creciendo en las sentencias.

Antes del 2014, son muy pocos los casos donde se haya aplicado la normativa, salvo las sentencias impuestas por la CIDH, como en el caso Sarayaku, cuando el Estado ecuatoriano, a través de su ministra de Justicia Ledy Zúñiga, en ese año pidió disculpas públicas al Pueblo de Sarayaku, por las graves violaciones causadas a sus derechos. Como medida de satisfacción dispuesta por la Corte en la sentencia del 27 de junio de 2012.

También se registra las disculpas públicas que pidió la misma ministra en representación del Estado a los familiares de las víctimas del caso González y Otros (Fybeca). Además en casos interpersonales, es común ver cómo los ofensores, a través de eventos públicos, medios de comunicación audiovisuales, prensa y otros ofrecen disculpas en cumplimiento a las sanciones de los jueces, incluso de la Superintendencia de la Comunicación que tiene esa facultad.

Entre los que han sido sancionados y han tenido que pedir disculpas públicas se encuentran, el vicealcalde de Quito, Eduardo del Pozo, por haber ofendido a la honra del expresidente Rafael Correa; la periodista Janeth Hinostroza, por haberse referido al actual mandatario como discapacitado durante la campaña electoral última; y varios medios de comunicación social por haber violentado derechos del público.

Los actos de reparación han despertado interés y apoyo de la ciudadanía. Los organismos defensores de los derechos humanos  promueven jornadas de respaldo.

Casos emblemáticos

En este año han sido varios los actos de disculpas públicas, pero hay dos que han marcado importancia y han tenido gran cobertura mediática y repercusiones. El Aampetra y el de Michael Arce.

En el primer caso, en medio de fricciones, gritos y reclamos, se realizó el acto de reparación simbólica a los 41 estudiantes, que entre el 2010 y el 2011, a la edad de 10 y 11 años, fueron víctimas de abuso infantil en la Academia Aeronáutica Mayor Pedro Traversari (Aampetra), ubicada en el sur de la capital.

José N., quien era profesor de Ciencias Naturales, habría obligado a alumnos a ver películas pornográficas y luego a imitar escenas. Él fue sentenciado en marzo del 2016 a siete años de prisión y al pago de $ 10.000 a cada víctima, a más de las disculpas públicas.

En el acto de reparación, el 3 de julio pasado, hubo inconformidad por la simpleza del evento donde se develó la placa.

Thania Moreno, fiscal de Pichincha, se retiró antes de develar la placa. “Yo no escuché ningunas disculpas públicas, que fue lo que (...) ordenaron los jueces”. A este criterio se sumaron otras autoridades, por lo que tuvo que repetirse el evento al mes siguiente.

A raíz de una denuncia presentada en diciembre de 2011, la Defensoría del Pueblo intervino en el caso Arce, luego se judicializó y a los cinco años hubo sentencia judicial.

El otro caso nace en septiembre de 2011, cuando Michael Arce, luego de pasar las pruebas ingresó a la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro. Durante el reclutamiento fue afectado física y psicológicamente por ser afroecuatoriano.

Estas agresiones recibió de su instructor Fernando Encalada. Por esta razón pidió la baja, pero antes de su salida, fue humillado frente a sus compañeros del pelotón.

Encalada fue sentenciado a 5 meses y 24 días de prisión por delito de odio contra el joven afrodescendiente Arce, además de obligado a dar disculpas públicas. Es el primer caso en Ecuador en lograr sentencia de culpabilidad por este delito.

La mañana del 10 de julio, el exoficial leyó un documento y luego se marchó de la Esmil asegurando que “ante Dios no cometió ningún delito”. Además, el acto se realizó en la parte posterior (parqueadero) de la institución, lo que fue rechazado por el propio Arce y su abogado, Juan Pablo Albán. Asimismo expresaron su rechazo delegados de la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo.

Fue así que Arce no aceptó las excusas leídas durante el acto, al considerar que nuevamente se lo discriminó. “Cuando era estudiante, llegué a la institución por la puerta principal y en esta ocasión esperé hacerlo nuevamente, sin embargo me indicaron que ingrese por la puerta posterior para no escuchar las disculpas que merezco”.

Para el experto en derechos humanos y Defensor del Pueblo subrogante, Patricio Benalcázar, “las personas que deben cumplir con las reparaciones no tienen los elementos claros para que sean en las condiciones adecuadas”. Además considera que al estar vigente la normativa poco tiempo en el país, su aplicación aún tiene deficiencias.

El Defensor Público General, Ernesto Pazmiño, precisa que de acuerdo con la legislación, el principio de reparación intenta resarcir las cosas al estado anterior y mediante distintos actos busca la reconciliación y la reconstrucción de la vida de alguien que fue afectado.

“Cuando uno da disculpas públicas debe ir al escenario donde ocurrieron los hechos y ante la ciudadanía pedir las disculpas como persona y en la institución, para que nunca más se vuelvan a repetir esos hechos”, dijo.

Considera que es necesario que se mantenga este mecanismo de reparación integral a la víctima por el daño causado o delito cometido, pero admitió que no se cumple, por lo que la justicia debe ser más fuerte y más dura para exigir que las disculpas públicas se realicen de la manera como determina la sentencia.

Criterio diferente fue el del penalista Julio César Sarango, quien luego de señalar que las disculpas públicas van contra los derechos humanos porque muchas veces sirven para humillarlas y vejar a las personas, como hacían los españoles hace 500 años cuando castigaban a los indígenas en las plazas públicas, dijo que por esto incluso muchas autoridades se hacen de la vista gorda.

“Una persona no puede ser sancionada dos veces por la misma causa; estas cosas las hicieron exclusivamente de una manera vengativa, absurda”, dijo, al considerar que las disculpas públicas deberían ser eliminadas, porque “la sanción no debe ser para humillar a la gente y para agravar su situación sicológica, sino para reivindicar como ser humano, como persona, ciudadano, más no para hundirlo”. (I)

El del joven afroecuatoriano Michael Arce es el primer caso que por delito de odio logra una sentencia en Ecuador. Fue humillado física y psicológicamente en la Esmil. Foto: Carina Acosta / EL TELÉGRAFO

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