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Juez ratificó prisión preventiva para dos personas por el caso Hospital de Pedernales

La diligencia se realizó a través de enlace telemático.
La diligencia se realizó a través de enlace telemático.
Cortesía: Corte Nacional de Justicia
21 de agosto de 2020 - 15:05 - Redacción Justicia

Marco Rodríguez, juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó los pedidos de sustitución y revocatoria de medidas cautelares presentados por Danny C. y Pablo C., procesados por su presunta participación en el delito de delincuencia organizada.

Ellos y otras 17 personas formarían parte de una presunta estructura de corrupción investigada por Fiscalía, que habría operado en el proceso de construcción del Hospital Básico de Pedernales, en Manabí.

En este caso están vinculados el exasambleísta Daniel Mendoza, quien se acogió al programa de protección de Víctimas y Testigos y el legislador Eliseo Azuero.

Sobre este último, hace dos semanas, Azuero presentó una apelación a la prisión preventiva, recurso que fue rechazado por la CNJ.

En la diligencia desarrollada este viernes 21 de agosto, la fiscal general del Estado, Diana Salazar -mediante teleconferencia- señaló que no se ha desvanecido la responsabilidad penal de ninguno de los recurrentes.

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Añadió que, en el caso de Pablo C., si bien rindió su versión, no aportó elementos nuevos a la investigación, por lo que se ratifica la teoría de Fiscalía en esta causa; y, en cuanto a Danny C., él habría emitido un informe que recomendaba la no contratación de la obra con el Consorcio Pedernales, pero habría terminado suscribiéndolo, por lo tanto, también formaría parte de la estructura de corrupción.

Con esos argumentos, Salazar solicitó que se declaren improcedentes las peticiones de los recurrentes.

Al finalizar la diligencia, el Juez acogió el pedido de Fiscalía y negó los pedidos de revocatoria y sustitución de medidas cautelares de los procesados, pues –a su criterio– no han desaparecido los elementos de convicción que motivaron la decisión de otorgarles prisión preventiva.

El delito de delincuencia organizada está tipificado y sancionado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (I)

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