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Johana no sabía que debía $ 11 mil en pensiones alimenticias

El estudio jurídico de Ulloa examina el caso para encontrar la forma de revertir la situación legal de la afectada.
El estudio jurídico de Ulloa examina el caso para encontrar la forma de revertir la situación legal de la afectada.
Foto: Mario Valiente / EL TELÉGRAFO
17 de abril de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

En el despacho de su abogado defensor, Johana Maribel Rodríguez Sabando se muestra  preocupada por su situación legal.

Explica que en 2004 se separó de su exconviviente, quien la maltrataba e incluso trató de asesinar a sus hijos,  por lo que fue detenido por intento de homicidio.

A raíz de este hecho decidió separarse y nunca más volvió con él. Pero esto, luego de ser liberado se llevó consigo a sus dos hijos, quienes ahora tienen 16 y 17 años.

Explicó que  hace unos días estos se comunicaron con ella -tras cuatro años de no tener noticias de ellos, pues el padre los tiene aislados- para decirle que no tenían dinero para comer y que los ayudara.

Ante esto, ella viajó hasta Portoviejo, ciudad donde estaban, pero se encontró con policías, quienes la detuvieron por incumplir el pago de pensiones alimenticias.

“Fui trasladada hasta Guayaquil, me hicieron exámenes médicos y me llevaron a la penitenciaría, donde finalmente se dieron cuenta de que la boleta no era válida, pues fue emitida en 2014”, contó.

Hernán Ulloa, abogado defensor de la víctima, indicó que desde su separación, el exconviviente de la afectada presentó dos juicios en su contra: uno por la custodia de sus hijos y otro por pensión alimenticia.

Dijo que esto lo hizo a espaldas de ella, quien desconocía por completo las causas que se llevaban en su contra.

Ulloa consideró que estos procesos presentaban irregularidades que lograron que el denunciante obtuviera resultados a su favor.

Explicó que una de las inconsistencias es que en la foja (hoja) 1 del juicio de alimentos, el juez solicitó completar la denuncia con un certificado judicial que no fue entregado.

“En respuesta a esta notificación el exconviviente de Johana Rodríguez presentó un escrito en el que pedía una prórroga de 15 días para completar la información”.

 El jurista aclaró que esta solicitud no procedía y que en los casos en los que no se completa la información, los jueces tienen obligación de archivar de manera inmediata la denuncia. Sin embargo, el operador de justicia inobservó esta irregularidad, calificándola y continuando con el trámite del caso.

“Esto va contra derecho y atenta contra el debido proceso de la señora, que ahora está inmersa en un serio aprieto judicial, porque se ha enterado de que se encuentra en el SUPA (Sistema Único de Pensiones Alimenticias) con una deuda que alcanza los $11.000”.

Ulloa dijo que ahora examinará a fondo el caso para buscar el mecanismo legal para revertir la situación.

La notificación judicial
El abogado José Salazar, del consultorio jurídico Lex Service Group, indica que un punto clave que hay que analizar es el tema de la notificación judicial.

“En los casos en los que una de las partes es ilocalizable, la notificación se puede realizar a través de publicaciones de prensa; si este fue el caso, la demandada debe considerarse notificada”, explicó.

Según el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos (Cogep), “en caso de que el padre o la madre incumplan el pago de dos o más pensiones alimenticias, la o el juzgador a petición de parte... dispondrá el apremio personal hasta por 30 días y la prohibición de salida del país”.

Esta orden se dará previa constatación del no pago de las pensiones, mediante la certificación de la respectiva entidad financiera.

En caso de reincidencia, el apremio se extenderá por 60 días más y hasta por un máximo de 180 días. (I)  

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