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La Corte IDH analizará el caso de Paola Guzmán

Petita Albarracín Albán, madre de Paola Guzmán, quiere que se restablezca el buen nombre de su hija.
Petita Albarracín Albán, madre de Paola Guzmán, quiere que se restablezca el buen nombre de su hija.
Foto: Cortesía Cepam
27 de enero de 2020 - 00:00 - Mónica Iturralde

La Corte Interamericana de  Derechos Humanos (Corte IDH) es el único tribunal de América que administra justicia de conformidad con la Convención Interamericana de DD.HH.

Este tribunal, integrado por jueces de diferentes países, tiene a su cargo la audiencia del caso Paola Guzmán Albarracín contra el Estado ecuatoriano.

A las 10:00 de Ecuador, de este martes 28 de enero, la Corte decidirá sobre la responsabilidad internacional de este país en el caso Paola.

También creará estándares en la materia para el resto de los países de la región que han ratificado la Convención Americana de DD.HH.

En la audiencia estarán presentes las abogadas Alejandra Cárdenas, Carmen Martínez y Catalina Martínez Coral, quienes representan al Centro de Derechos Reproductivos.

Por el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam) estarán las abogadas Lita Martínez Alvarado y Consuelo Bowen Manzur. Además de los familiares de la víctima.

La Corte tiene la responsabilidad de establecer y resolver los casos que llegan a su conocimiento. Si el Estado demandado es o no responsable internacionalmente por violaciones a derechos humanos, así como las consecuencias de esas violaciones y las reparaciones respectivas.

Justicia tras 20 años

Según el Cepam, Paola del Rosario Guzmán Albarracín tenía 12 años cuando ingresó a estudiar en el Colegio Nacional Técnico de Comercio y Administración Dr. Miguel Martínez Serrano.

Ella vivía con su abuela, madre y hermana en casa de su familia materna, ubicada en el Suburbio de Guayaquil.

Cuando la adolescente, de 14 años, pasaba por un problema de notas en dos materias, que amenazaban con repetir el curso, el vicerrector del plantel, Bolívar Espín Zurita, de 65 años, le ofreció su ayuda a cambio de que saliera con él.

Posteriormente, el vicerrector estableció una relación de naturaleza sexual con la estudiante.

En noviembre de 2002, la estudiante mostró a dos compañeras un examen positivo de embarazo y les aseguró que el responsable era el vicerrector y que este le había dado dinero para comprar una inyección que interrumpiría el embarazo.

Espín le dijo que el médico Raúl Ortega Gálvez le aplicaría la inyección. A cambio de ese favor, el galeno le b tener relaciones sexuales.

El 12 de diciembre de ese mismo año, presionada por las circunstancias y desorientada, Paola decidió terminar con su vida. Ella ingirió11 diablillos” de fósforo blanco.

Cuando viajaba en el autobús con dirección al colegio, la adolescente contó a sus amigas lo que había ingerido. Al llegar al plantel, sus amigas la llevaron de inmediato a la enfermería, donde no hubo la atención debida.

Una de las compañeras llamó a Petita Albarracín, madre de Paola, quien llegó al colegio y la trasladó a un centro médico, donde falleció el 13 de diciembre de 2002, a causa de la intoxicación.

Reclamo de justicia

Máximo Guzmán, padre de Paola, denunció al vicerrector. En octubre de 2003, Petita planteó una acusación particular por acoso, violación e instigación al suicidio.

Las autoridades judiciales solo investigaron el acoso sexual y nunca detuvieron a Espín por hallarse prófugo.

La causa prescribió en el 2008, por demoras en el sistema judicial. En junio de 2005, una demanda civil condenó a Espín a pagar $ 25 mil a la familia de la víctima, pero nunca se concretó.

El 2 de octubre de 2006, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibió una petición del Cepam, en la que se alega la responsabilidad internacional del Ecuador en perjuicio de Paola Guzmán.

Dos años después aprobó el informe de admisibilidad. En octubre de 2015, la CIDH celebró una audiencia sobre el fondo del caso, en el que intervinieron con su alegatos  el Cepam y el Estado.

El CIDH concluye que el Estado ecuatoriano es responsable por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la honra y la dignidad, al derecho a la especial protección a la niña,  y no discriminación, a la educación, a la salud y a vivir libre de violencia.

El año pasado la Corte IDH convocó al Ecuador y a las representantes de las víctimas a un audiencia pública. (I)

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