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Un exnovio libre, pese a extorsión con fotos íntimas

Isabella se reunió con su abogado David Norero para asentar una queja en el Consejo de la Judicatura.
Isabella se reunió con su abogado David Norero para asentar una queja en el Consejo de la Judicatura.
Foto: William Orellana / El Telégrafo
14 de enero de 2020 - 00:00 - Redacción Justicia

Isabella tenía 15 años cuando empezó una relación sentimental con su profesor de Inglés. Dos años después el enamoramiento terminó, pues ella se sentía presionada por temas sexuales.

Siete años más tarde, en agosto de 2019, el hombre identificado como Raúl M. T. fue detenido y encarcelado porque se descubrió que era quien la extorsionaba con fotos íntimas que ella le había enviado cuando estuvieron juntos.

Durante 2019, en las provincias de Guayas, El Oro, Azuay, Santa Elena y Los Ríos, la Unidad Antisecuestros y Extorsión (Unase) de la Policía conoció el caso de 60 extorsiones similares.

El 4 de enero de 2020, el juez Eladio Freire llamó a juicio a Raúl M. como autor directo del delito de extorsión. Sin embargo, le sustituyó la medida de prisión preventiva por las medidas cautelares de prohibición de salida del país y presentación periódica (cada cinco días) en la Fiscalía.

Ante esa decisión, Isabella publicó una secuencia de 14 tuits contando su historia. Su relato fue compartido 1.600 veces y se convirtió en tendencia en la red social.

Isabella teme por lo que haga Raúl M., luego de permanecer cuatro meses en la cárcel. Se siente desprotegida, pues él vive cerca del lugar donde ella labora.

Cuenta que desde que la relación concluyó las fotos aparecían en cuentas de redes sociales de personas que no conocía, justo cuando a ella le iba bien en el trabajo y hasta cuando participó en el reinado de la ciudad.

Ella sabía que la única persona que tenía esas fotos era Raúl, pero se negaba a creer que él fuera capaz de dañarla tanto, a pesar de que ya no eran pareja.

Ellos no mantenían contacto, pero cuando eso pasaba le pedía ayuda para que esas fotos fueran eliminadas de la red y él supuestamente buscaba a un hacker en el centro de Guayaquil y las fotos eran eliminadas.

En agosto de 2019 empezaron a enviarle vídeos obscenos con sus fotografías y le exigieron el pago de $ 1.500 para no difundirlos. Los agentes de la Unidad Antisecuestros y Extorsión descubrieron que Raúl tenía el dispositivo desde donde se emitían las amenazas.

El fiscal Patricio Pineda explica que a Raúl le dictaron prisión preventiva por el delito de extorsión, tipificado en el artículo 185 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), pero con base en el inciso 2.

Este contempla que la sanción del delito será de cinco a siete años cuando se verifiquen algunas circunstancias.

En este caso, el numeral 2 hace alusión a la extorsión en la que interviene una persona con quien la víctima mantiene relación laboral, comercial u otra similar o con una persona de confianza o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

“¿Por qué consideramos que existe la relación de confianza? Porque las imágenes halladas en poder del procesado se almacenaron durante la época en que ellos mantuvieron una relación”.

Destaca que Isabella nunca hubiera enviado imágenes con contenido sexual a Raúl M. si no hubiese confiado en él.

Como la pena a la que podía ser condenado era mayor de cinco años, la prisión preventiva no podía ser sustituida por otras medidas, sino revocada en otra audiencia y solo en caso de que aparecieran hechos nuevos.

Sin embargo, el juez lo llamó a juicio por el mismo artículo (185), pero con otro  inciso (el 1.º), que contempla una pena de tres a cinco años, explica. “Con esa pena sí se puede sustituir la prisión preventiva y en efecto así fue”, dijo.

David Norero, abogado de la víctima, sostiene que la boleta de excarcelación a favor del acusado fue firmada el sábado 4 de enero, no así las medidas de protección solicitadas para la víctima, que se otorgaron el 6 de enero.

Fabricio Encarnación, de la Unase, recomienda a hombres y mujeres no compartir imágenes con contenido íntimo, aunque sean personas de “confianza”. Tampoco aceptar solicitudes de amistad de personas desconocidas en redes sociales, sobre todo de perfiles recientes. (I)

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