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8 caducidades de prisión preventiva hubo en 2017

Néstor Arbito, vocal del Consejo de la Judicatura, presentó ante los miembros de la Comisión de Justicia de la Asamblea sus planteamientos al proyecto.
Néstor Arbito, vocal del Consejo de la Judicatura, presentó ante los miembros de la Comisión de Justicia de la Asamblea sus planteamientos al proyecto.
Foto: API
24 de abril de 2018 - 00:00 - Redacción Justicia

Néstor Arbito, vocal del Consejo de la Judicatura (CJ), presentó este lunes 23 de abril, sus ideas ante la “Propuesta de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana”.

Su exposición se llevó a cabo tras la convocatoria de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.

En el espacio, Arbito, en representación de Gustavo Jalkh, presidente del CJ, explicó los puntos más relevantes. Uno de ellos fue la caducidad de prisión preventiva.

Ese proyecto, en su artículo 3, plantea que una vez que se venza el plazo de caducidad de prisión preventiva, los jueces ordenarán la privación de la libertad siempre y cuando no se hayan desvanecido los indicios que la motivaron.

Arbito señaló que este apartado debe eliminarse porque se contrapone al artículo 77 de la Constitución que habla de garantías y derechos para estos casos.

En esa línea el representante del CJ recordó que en Ecuador se redujeron las caducidades por prisión preventiva.

Detalló que en 2017 hubo ocho prescripciones, lo que representa el 0,03% de la carga procesal penal. Y entre enero y marzo de 2018 solo  hubo dos casos (0,002%).

Otro punto fue el artículo 4 que habla de figuras especiales, como el procedimiento abreviado (recurso que ayuda a la economía procesal).

Según la propuesta, no se aplicará para delitos contra la vida, secuestro en sus diferentes tipos, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, de violencia contra la mujer o la familia, ni robo.

Arbito dijo que se añadan las penas superiores a 5 años.

Este proyecto fue presentado por el alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot. El esquema plantea 10 reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Por ejemplo, sugiere que en el artículo 541 (que habla sobre caducidad de prisión preventiva) se aumente un párrafo que señale que el sindicado sea sometido a vigilancia policial “siempre y cuando no se hubiere vuelto a ordenar su privación de la libertad por no haberse desvanecido los indicios o elementos de convicción que la motivaron...”.

Arbito sugirió que se mantenga exclusivamente la vigilancia policial y el dispositivo  electrónico y que la aplicación sea para todos los casos del artículo 541.   

En este espacio legislativo se esperaba a Ernesto Pazmiño, defensor Público, pero presentó una excusa porque se encuentra bajo tratamiento médico. (I)

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