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Ley orgánica de drogas se pondrá en vigencia en tres meses después de publicada en registro oficial

7 instituciones trabajarán en la prevención del consumo de drogas

Reciéntemente la Policía decomisó 200 kilos de cocaína para consumo interno.
Reciéntemente la Policía decomisó 200 kilos de cocaína para consumo interno.
06 de octubre de 2015 - 00:00 - Redacción Justicia

La lucha contra el microtráfico ya no será solo responsabilidad de la Policía Nacional, sino de otras siete instituciones del país, que trabajarán en la prevención integral del consumo de sustancias estupefacientes, según lo dispone la aprobada Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las drogas y de regulación y control del uso de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.

La autoridad sanitaria nacional adoptará las medidas para prevenir el uso y consumo de drogas, especialmente en mujeres embarazadas, niños, niñas y adolescentes.

Las autoridades del sistema nacional de educación junto con la comunidad educativa desarrollarán políticas y ejecutarán programas en todos sus niveles y modalidades, cuyos enfoques y metodologías pedagógicas se encaminen a la formación de conciencia social y personalidad individual para prevenir el consumo de drogas. Además, en las mallas curriculares se incluirá la enseñanza de contenidos relacionados con el riesgo de consumo de drogas.

La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senecyt) asegurará que en todas las instituciones de educación superior se transversalice, dentro de las mallas curriculares de las diversas carreras y programas académicos, el conocimiento de las acciones para el uso y consumo de drogas, y se promuevan programas de investigación y estudios sobre el fenómeno socioeconómico de las drogas.

En el ámbito laboral, las entidades públicas y empresas privadas, con la participación activa de empleados, empleadores y trabajadores, desarrollarán programas de prevención integral al uso y consumo de drogas, a ser ejecutados obligatoriamente en los lugares de trabajo. La autoridad nacional de trabajo regulará y controlará el cumplimiento de estos programas.

En el ámbito comunitario y familiar, el Estado generará políticas, programas y actividades sobre la prevención del uso y consumo de drogas en la comunidad urbana y rural.

Las autoridades nacionales de Cultura y Deporte ejecutarán programas con participación activa intersectorial y de la comunidad, para el fomento y desarrollo de actividades culturales, deportivas y recreativas para la población. Las autoridades nacionales de Cultura y del Deporte y los gobiernos autónomos seccionales descentralizados impulsarán el acceso masivo a este tipo de actividades.

En el ámbito informátivo, los organismos e instituciones encargadas de la ejecución de esta ley desarrollarán procesos comunicacionales sistemáticos y permanentes aprobados por el Comité Interinstitucional de difusión de los beneficios de la prevención en el uso y consumo de drogas y establecerán estrategias informativas y de comunicación con la participación de la comunidad.

Todas estas disposiciones se deberán cumplir una vez que esté en vigencia la citada ley, que será en tres meses.

Defensa de nuevas sanciones

Además de estas obligaciones, la ley reforma el número 1 del artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que dispone un incremento en las sanciones, sobre todo para los microtraficantes. Ahora, la persona que porte 0,1 g de heroína será sancionada con 1 a 3 años de prisión; y los que sean capturados con 0,1 a 0,2 serán privados de la libertad de 3 a 5 años.

El endurecimiento de estas sanciones fue defendido el último fin de semana por el presidente de la República, Rafael Correa. “Estamos trabajando muy bien la prevención de microtráfico y endurecer las penas ayudará a luchar contra este mal”, detalló el Ejecutivo. (I)

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