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Corte de Nueva York desestimó demanda en contra de Ecuador presentada por compañías offshore de los Isaías (Documento)

Corte de Nueva York desestimó demanda en contra de Ecuador presentada por compañías offshore de los Isaías (Documento)
01 de junio de 2015 - 18:30

La Corte del Distrito Sur de Nueva York notificó al Estado ecuatoriano su decisión de desestimar la demanda presentada en su contra por las compañías Arch Trading Corp., Arvin Properties Inc., Hezer Holdings Inc., Madec Limited, y Osis International Corp., constituidas en las Islas Vírgenes británicas, todas de propiedad de los hermanos William y Roberto Isaías Dassum -ex dueños y administradores del Filanbanco. A través de la demanda  pretendían cobrar al Estado una indemnización de $ 1.000 millones más intereses, costas y honorarios.

La notificación de la Corte se hizo el pasado viernes 29 de mayo, según informó la Procuraduría General.

REVISE LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE

La señalada Corte de Nueva York acogió la petición de la defensa del Estado ecuatoriano y se inhibió de tramitar la demanda por falta de jurisdicción, al considerar que, en primer lugar, los demandados: la República del Ecuador, el Fideicomiso AGD–CFN “AGD no más impunidad” y la CFN, gozan de inmunidad soberana. Para ello determinó que "las demandantes no han logrado demostrar que a través de las incautaciones realizadas por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), se expropiaron ilegítimamente los bienes de su propiedad en violación del derecho internacional", señala el comunicado de la Procuraduría.

En segundo lugar, la Corte determinó que no se ha probado la existencia de un nexo con Estados Unidos que le otorgue jurisdicción a la cortes de ese país para juzgar los actos objeto de la demanda; esto por cuanto las compañías de propiedad de los hermanos  Isaías Dassum, no han justificado que el Fideicomiso o la CFN realicen negocios en el distrito de Nueva York.

"De acuerdo con la ley ésta era la única resolución que podía haber tomado la Corte de Nueva York en vista de que todos los hechos llevados a su conocimiento, sobre la base a los cuales se pretendía juzgar a la República del Ecuador, son actos de Estado y, como tales, gozan de inmunidad soberana", sostuvo el procurador general del Estado, Diego García.

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Luego de notificada la decisión del juez de primera instancia, las compañías demandantes tienen 30 días para presentar un recurso de apelación. (I)

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