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“Sus declaraciones promueven estereotipos”

Tomado de la Defensoría del Pueblo

La Constitución de la República constituye un referente en la historia del país y ante la comunidad internacional por contener una propuesta de sociedad que respeta en todas sus dimensiones la dignidad de las personas y las colectividades. Sus principios fundamentales plantean la construcción de un Estado constitucional de derechos y de justicia, con carácter social, democrático, intercultural, plurinacional y laico; y en consecuencia propone la construcción de relaciones donde la centralidad son las personas, los pueblos y la naturaleza.

En la historia reciente no existe proceso constituyente que haya recogido con tanta riqueza y diversidad las demandas pasadas, presentes y futuras de distintos actores sociales, políticos e institucionales, producto de luchas acumuladas por décadas. Entre ellas están los procesos de dignificación de la comunidad LGBTTIQ que no solo ha demandado igualdad y no discriminación, sino inclusión, actoría social y política, y de manera sustancial emancipar a una sociedad que da la espalda a la realidad, anclada en el silencio, el prejuicio y el odio cotidiano y público, como una manera de negarse a sí misma y a su profunda diversidad.

En este sentido, nuestra Constitución constituye un mandato ético y jurídico para todos quienes habitamos en el Ecuador, cualquiera que sea nuestra actoría o proyecto de vida. En consecuencia, el ejercicio de las libertades y derechos tiene un alcance y un límite impuesto por la dignidad humana y en el caso que nos ocupa por el principio universal de no discriminación, lo que debe ser recordado en la presente época electoral como presupuesto básico por parte de los candidatos y candidatas a la Presidencia de la República y otras dignidades de elección popular, tanto en momentos de campaña electoral, como en sus futuras decisiones en calidad de autoridades públicas, con respecto a la normativa, las políticas públicas y los servicios públicos.

Por lo tanto, los candidatos y candidatas, así como los partidos políticos que representan, deben asumir con suficiente ética y responsabilidad el reconocimiento de la libertad e igualdad de todos y todas, ejerciendo plenamente sus derechos políticos, sin menoscabar o anular el ejercicio de los derechos fundamentales de otros grupos sociales y minorías que también forman parte de la sociedad ecuatoriana.  

En el campo de la promoción electoral, a través del ejercicio de la libertad de expresión, la comunicación y la información deben propender a que exista una adecuada toma de decisiones por parte de los ciudadanos y ciudadanas con respecto a su futuro, para lo cual, la misma Constitución de la República garantiza el derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural y sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior (Art. 18 CRE).

Pero además, la promoción electoral debe realizarse con respeto a la dignidad de las personas, de las familias y de los grupos sociales, sin incitar al odio, a la violencia física y moral, a la discriminación, al desprecio ni al rechazo.

Cabe mencionar, que la Constitución de la República prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos. (Art. 19 CRE). Asimismo, el Código Penal sanciona con prisión de seis meses a tres años, “el que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, sexo, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad” (Art innumerado, capítulo delitos de odio CP).

En esa línea, la Defensoría del Pueblo llama la atención al candidato presidencial del Partido Roldosista Ecuatoriano, Pastor Nelson Zavala, quien se refirió públicamente a los grupos sociales LGBTTIQ como “inmorales” y “anormales”, dando a conocer su interés de regular el respeto de los homosexuales a la “verdadera familia”, mediante iniciativas normativas del Ejecutivo, manifestándose además en contra de las “marchas del orgullo gay”.

Estas expresiones contradicen normas expresas de la Constitución de la República, los instrumentos internacionales de derechos humanos y demás provenientes de la dignidad humana, así como del Código Penal ecuatoriano, estigmatizando a los grupos LGBTTIQ en detrimento de su integridad física y psicológica, moral, honra, imagen y reputación, incitando al odio o rechazo entre habitantes del Ecuador.

Pero, además, sus declaraciones promueven estereotipos con relación a la definición de lo que es una “verdadera familia”, argumentando que la familia heterosexual es el modelo único y aceptable, desconociendo otros tipos de familia, como por ejemplo la familia consanguínea, que se conforma también con los abuelos, la familia monoparental donde solo hay uno de los padres, la familia de madre soltera, la familia de padres separados, familias compuestas por personas del mismo sexo, familia adoptiva, familias reconstituidas con un progenitor que se une con una persona soltera sin hijos o familias de distintas culturas étnicas o religiosas, etc., reconocidas en el artículo 67 de la Constitución que expresa: “Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes”.

En consecuencia, la Defensoría del Pueblo censura las expresiones contra los grupos LGBTTIQ, difundidas por el candidato presidencial Nelson Zavala y solicita al referido candidato y al partido político que lo auspicia sujetarse a las normas constitucionales antes mencionadas, por constituir un mandato ético y jurídico, el cual debemos respetar y hacer respetar a todos los habitantes del país.

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