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Pleno resolvió veto, pero se ratificó en definición de enfermedades raras
La Asamblea Nacional resolvió la objeción parcial del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, para incluir el tratamiento de las enfermedades raras o huérfanas y catastróficas, con lo que la normativa será remitida al Registro Oficial para su promulgación.
La resolución tuvo un total de 68 votos afirmativos, 5 negativos, 2 blancos y 23 abstenciones.
El Pleno se allanó a las observaciones del Ejecutivo a excepción del tema relacionado con la definición de enfermedad rara o huérfana, tomando en cuenta que el elemento distintivo de este tipo de patologías es la aparición poco común en una población, no así la consideración de ello en grupos étnicos y circunscripciones territoriales, pues existen enfermedades que son de alta prevalencia en ciertos sectores de Ecuador o en ciertas etnias, sin embargo, respecto de la población total del país, esas enfermedades son de baja prevalencia.
Sobre la base del informe preparado por la Comisión del Derecho a la Salud, se aceptó la objeción relacionada a la obligación de la Autoridad Sanitaria Nacional de controlar a los prestadores de servicios de salud, en cuanto a la búsqueda activa de casos relacionados con las enfermedades consideradas raras o huérfanas y catastróficas de conformidad con el sistema de Registro de Información de Pacientes.
Con la observación del mandatario, se sustituye dicho registro por el Sistema de Vigilancia Epidemiológica, puesto que aquello involucra un ámbito más amplio de control de la autoridad sanitaria nacional.
También aceptó la objeción relacionada a la obligatoriedad de la Autoridad Sanitaria Nacional de adoptar las medidas que garanticen la adquisición de medicamentos e insumos especiales para atender a las personas que sufran enfermedades consideradas raras o huérfanas y catastróficas, así como a la obligación de regular la producción e importación de medicamentos e insumos para la atención de dichas personas.