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Lo que aduce Banco Pichincha

En el informe de auditoría de la Superintendencia de Bancos y Seguros, así como en los documentos de respaldo remitidos por el presunto afectado a la Fiscalía, consta un oficio del Banco Pichincha remitido el 11 de julio de 2005 a Santiago Moreno Montiel, director de Consultas y Reclamos de la SBS. En ese documento, entre otras cosas,  destacó que   el caso  de Granda Garcés “está sometido, desde antes de la fecha del reclamo al conocimiento, prueba y resolución de la justicia ordinaria”.

Bajo ese argumento, Banco Pichincha pidió en esa  época suspender en la Superintendencia de Bancos  y Seguros el trámite de reclamo de Eduardo Granda Garcés.
Señala que, en efecto, Banco Pichincha demandó judicialmente a Granda y que para esa fecha se tramitaban los siguientes juicios:

1.- Juicio verbal sumario No. 1127-2003-RL,   en el Juzgado Segundo Civil de Pichincha, para el cobro de una deuda por la suma de $ 3500.000 de capital, más los intereses, demanda presentada el 18 de diciembre de 2003;

2.- Juicio de Embargo y Remate de Prenda No. 60-2004-EC en el Juzgado Sexto Civil de Pichincha, para el cobro de una deuda por la suma de $ 1100.000 de capital, más los intereses, demanda presentada el 22 de enero de 2004...

El oficio añade que “habiendo tenido la Superintendencia de Bancos y Seguros información verbal sobre esta situación jurídica, me permito manifestarle señor director nuestra conformidad con su procedimiento de suspender el trámite del indebido e impertinente reclamo ante la Superintendencia de Bancos y Seguros, pues tiene  sujeción a principios jurídicos consagrados en la Constitución y la Ley,..”.

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