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El Telégrafo

Comisión fija los deberes de la nueva Junta de Regulación

Comisión  fija los deberes de la nueva  Junta de Regulación
22 de septiembre de 2011 - 00:00

Con el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado, la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea dio ayer el primer paso para prohibir que las instituciones del sistema financiero privado y las empresas de comunicación privadas de carácter nacional tengan participación accionaria fuera del ámbito de sus competencias.

Hasta las 16:30 el cambio más trascendente a la propuesta del Gobierno se dio en el artículo 33 del proyecto de ley relacionado a las facultades de la Función Ejecutiva para formular políticas públicas y de regulación acorde con la normativa.

Se estipula que la regulación de la concentración económica estará a cargo de una Junta de Regulación,   que estará integrada por los ministerios de la Producción, de Política Económica, de Sectores Estratégicos, y Desarrollo Social, cuyas atribuciones estarán establecidas en el Reglamento General de esta ley.

La junta tendrá la facultad para expedir normas  obligatorias en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales.

El artículo 34 también crea la autoridad de aplicación a cargo de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, que pertenece a la Función de Transparencia y Control Social, como un organismo técnico de control, con capacidad sancionatoria, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa. Esta instancia contará con amplios poderes para hacer cumplir a los operadores económicos de los sectores público, privado y de la economía popular y solidaria todo lo dispuesto en la ley.

Como parte de las facultades investigativas de la Superintendencia se solicitará y exigirá a cualquier persona la entrega de cualquier información o todo tipo de documentos considerados relevantes a efectos de realizar la indagación, incluyendo libros contables y societarios, comprobantes de pago, recibos, facturas, entre otros.

Para quienes no cumplan con la ley, la Superintendencia impondrá sanciones por infracciones leves con multa de hasta el 8% del volumen de negocios total de la empresa, por infracciones graves una multa de hasta el 10% del volumen y  por infracciones muy graves con multa de hasta el 12%.

En la mañana la comisión recibió a representantes de la Fundación Ecuatoriana de Propietarios de Farmacias, de la Asociación de Bancos Privados, de la Asociación de Propiedad Intelectual y el Comité Empresarial Ecuatoriano.

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