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Rectificación

Asambleísta explica lo que dice la ley

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Edición del martes 9 de diciembre de 2014
‘Los comuneros ven como una solución el uso de camionetas y tricimotos, lo cual está prohibido por la ley’
Ciudadanía / páginas 08-09

La asambleísta Verónica Guevara señala que, si bien el contenido de la noticia hace referencia a la prohibición de llevar pasajeros en el balde de las camionetas y al número de pasajeros permitidos en las tricimotos, no es menos cierto que en el titular se hace una afirmación errónea cuando se manifiesta que “está prohibido por la ley”, el uso de camionetas y tricimotos.

Sustenta su observación en lo que señala la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en el artículo 57.

También en el reglamento a esa norma en el Título II, Capítulo V, Sección III, cuando se trata ‘De los Tipos de Transporte Comercial’ y en el Reglamento de Servicio de Transporte Terrestre Comercial Alternativo Excepcional de Tricimotos (Resolución N° 044-DIR-2014-ANT). Lamentamos no haber observado lo que indican las disposiciones legales.

La asambleísta Verónica Guevara señala que, si bien el contenido de la noticia hace referencia a la prohibición de llevar pasajeros en el balde de las camionetas y al número de pasajeros permitidos en las tricimotos, no es menos cierto que en el titular se hace una afirmación errónea cuando se manifiesta que “está prohibido por la ley”, el uso de camionetas y tricimotos.

Sustenta su observación en lo que señala la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en el artículo 57.

También en el reglamento a esa norma en el Título II, Capítulo V, Sección III, cuando se trata ‘De los Tipos de Transporte Comercial’ y en el Reglamento de Servicio de Transporte Terrestre Comercial Alternativo Excepcional de Tricimotos (Resolución N° 044-DIR-2014-ANT). Lamentamos no haber observado lo que indican las disposiciones legales.

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