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Están en su absoluto derecho de hacerlo. Su decisión es autónoma e individual. Eso sí, crea confusión y hasta desconcierto. Lo hacen por supuestos temores de amenazas a su profesión tras la aprobación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), particularmente de su artículo 146. Si en realidad los temores tienen sentido, caben algunas preguntas.
Por ejemplo, ¿por qué hubo tantas reuniones y acuerdos con asambleístas (algunos de ellos médicos) donde definieron el sentido de ese artículo? ¿No cambió en nada el contenido del proyecto original al que ahora sería aprobado tras el veto presidencial? ¿Efectivamente la profesión corre todo tipo de riesgos con esta normativa? ¿La vida de las personas no está por encima de muchas demandas y se requiere una ley para salvaguardarla?