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El Telégrafo

La obligación de aprobar una ley

15 de noviembre de 2011 - 00:00

El mandato popular, aprobado en el referendo del 30 de septiembre de 2008, ordena a la Asamblea Nacional una Ley de Comunicación, en el plazo de 360 días. Ese plazo finalizó en septiembre de 2009 y los legisladores están en deuda con esa obligación constitucional. Cierto que para ello han ocurrido varios hechos y controversias. Sin embargo, el mandato está y la ley debe aprobarse.

Además, la consulta del 7 de mayo pasado ordenó a la Función Legislativa, “sin dilaciones, dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos en la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios, y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o los medios emisores”.

Por ello, si hoy la Asamblea vota el cuerpo legal elaborado por la Comisión Ocasional de Comunicación, no caben argucias y menos artimañas, como las que enarbola cierto sector de la oposición, para alinearse con la postura de los latifundios mediáticos: que la mejor ley es la que no hay.

Lo de fondo, aunque suene a perogrullada, no es solo el mandato sino la realidad de la comunicación y de la información en el Ecuador del siglo XXI. Hay otras condiciones, realidades, herramientas tecnológicas, y otra ciudadanía. Y la ley debe armonizar esa realidad, pues el cuerpo vigente es de 1975. Pero también debe crear las condiciones para que los actores sociales y mediáticos tengamos las reglas claras y no actuemos como en el pasado: bajo el imperio de la impunidad.

Hoy debe aprobarse esa ley, con  sugerencias y recomendaciones válidas, para afrontar los nuevos retos de la comunicación al servicio del bienestar de la gente y a favor del Buen Vivir. Lo contrario conllevaría la posibilidad de una revocatoria del mandato de los legisladores.

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