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Cultura es un eje transversal y por ello la rectoría no cabe en algún ministerio coordinador

Sabemos cuánto implica, importa y define la acción y gestión administrativa de un ministerio de Cultura, en cualquier sociedad. Es mucho, aunque no siempre sea lo más destacado y lo mejor financiado. De hecho, en procesos de transformación este sector puede ser la marca más relevante porque es la que perdura e interioriza el sentido de ese cambio. Ya lo han dicho varios líderes y pensadores: una revolución sin transformación cultural no es revolucionaria.

 

La propuesta pública de debatir abiertamente en qué ministerio coordinador debe ubicarse el de Cultura genera esa discusión válida del lugar que ocupa la gestión política cultural en un momento de transformaciones. Claro que el modelo de las coordinaciones adquiere y tiene unas ventajas operativas favorables a una mejor planificación. Incluso ha demostrado que por esa vía se resuelven muchos problemas burocráticos y se garantiza una mayor visión del conjunto de demandas sociales en cada una de las áreas coordinadas. Y, a pesar de ello, evidentemente la cultura es un factor transversal a toda la acción gubernamental. La economía, la comunicación, la agricultura, la tecnología y la administración pública en general deben manejarse desde esa mirada para atribuirle un profundo concepto de soberanía y de reconocimiento a lo que somos como nación.

 

Por eso no estaría mal apuntalar la opción de un ministerio coordinador en sí de toda la acción gubernamental para posicionar unos pilares fundamentales del cambio cultural en todas sus áreas. Y no se trata de reconocer o apoyar a una entidad o a una persona. De hecho, más allá de eso, las políticas públicas en el campo de la cultura requieren de un mayor debate y discusión, de una apertura a otras reflexiones y miradas si de lo que se trata es de darle al cambio de la matriz productiva un profundo sentido estructural y cultural. Las personas y las autoridades son los ejecutores de esos pensamientos y conceptos anteriores y estos nacen de definiciones de esta naturaleza.

 

Ahora, la cultura y el ministerio de Cultura están esperando también de la aprobación de la Ley de Culturas para comprometer varias determinaciones de carácter conceptual y jurídico. ¿Eso no va a cambiar en algo la posibilidad de una coordinación en un sector u otro? ¿Si la conceptualización de un sistema nacional de cultura implica una serie de estructuraciones concretas no cambia eso también una determinación anterior a la aprobación de dicha ley?

 

Por lo mismo, hay que validar la discusión sobre la base de estas dos consideraciones puntuales (el sentido transversal y cómo quedará la ley de culturas) para edificar determinaciones de carácter operativo y administrativo que “aceiten” un mejor desarrollo institucional.

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