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El Telégrafo
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En el taxismo ya no hay reelección indefinida

En el taxismo ya no hay reelección indefinida
Foto: William Orellana / El Telégrafo
20 de julio de 2019 - 00:00 - Redacción Ecuador Regional

Ricardo Onofre, exsecretario general de la Federación de Choferes Profesionales del Ecuador, nunca ha sido taxista. Él fue por largos años dirigente de los buseros y ve con buenos ojos que finalmente se hayan regulado las elecciones y reelecciones de los dirigentes de la transportación.

Hasta el año 2018, el tiempo en los cargos de los dirigentes transportistas dependía del reglamento de la organización. Hay casos en los que podían ser reelectos dos, tres y cuatro años, y otros hasta indefinidos.

Con la modificación de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria, desde el año 2018 se exige que se reformen los estatutos de las asociaciones para que sean períodos de cuatro años con opción a reelección por una sola vez consecutiva.

Es por ello, que en casi todas las ciudades del país, los actuales dirigentes son nuevos, en la mayoría de casos jóvenes. Algunos en realidad asumieron porque los principales renunciaron al cargo, como en el caso de Machala, en la provincia de El Oro.

Manuel Olmedo explica que en la Unión Provincial de Taxistas de El Oro habrá elecciones en diciembre del 2019. Cuenta que era vicepresidente del gremio y que asumió porque el presidente renunció. “Aquí hacemos elecciones cada dos años y si los compañeros creen que he hecho un buen trabajo me lanzaré de candidato”.

En el caso del presidente de la Unión de Cooperativas de Taxis de Guayas, George Mera, pese a que tiene 11 años en la dirigencia aún puede ser reelecto para un período más, porque la reforma legal recién se aplica desde el año 2018.

Onofre considera que en el pasado los dirigentes se perpetuaban en el cargo por dos factores: la forma de hacer elecciones con voto nominal (se conoce por quién vota cada agremiado) y las alianzas que se hacían entre los miembros.

Insiste en que lo idóneo es el voto secreto, lo cual está establecido en el artículo 35 de la mencionada ley. Con el voto nominal había presión para elegir a un determinado candidato. A su vez, se manipulaba a los dirigentes de las cooperativas. (I)

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