Ecuador, 29 de Abril de 2024
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El uso oscuro que se da a las “facturas fantasmas”

Estos últimos años hemos sido testigos de grandes develaciones de información, que han dejado en evidencia la evasión de impuestos en el Ecuador (Papeles de Panamá, Lista Falciani, Swiss Leaks). Sumadas todas ellas son poca cosa comparadas con las facturas fantasmas emitidas, si, aquí en Ecuador; en lo que bien podría denominarse como los #EcuadorPapers.

El propio SRI habla de la recuperación de $ 84,3 millones de las tramas internacionales, mientras que la versión local de las off shores, ocasionó un perjuicio de más de $ 200 millones; esto es un 237% más que las tramas internacionales.

¿Con qué propósito se usan facturas fantasmas, que por cierto es un delito sancionado con prisión de 3 a 5 años? Se usan para:

- Evasión de IVA y Renta: simulando la existencia de gastos mayores a los reales y aumentando así el crédito tributario de IVA, se usan facturas autorizadas por el SRI, para superar la validación informática; inclusive se efectúan las retenciones de renta e IVA, y, además en muchos casos estaban “bancarizadas”; esto es, usando el sistema financiero para realizar los pagos, que luego se “devolvían” en efectivo, menos la “comisión” por el servicio que presta la empresa fantasma.

- Pago de comisiones a funcionarios públicos: se dice que nadie roba por escritura pública. Así, algunas empresas que siendo adjudicatarias de contratos públicos para la ejecución de obras o prestación de servicios, pagaban sobornos localmente o en el exterior, y que corresponde a un gasto contable real, pero no deducible por originarse en un delito que es el cohecho; buscaban deducir dicho gasto con facturas fantasmas.

- Ocultar patrimonios de la sociedad conyugal y pensiones alimenticias: de tal forma que en procesos de divorcio en los que se realiza la liquidación de la sociedad de bienes entre los cónyuges, se falsea el patrimonio con disminuciones ficticias, sustentadas con facturas fantasmas, venta de bienes de la sociedad a pérdida o pagos inflados, supuestamente contratados y pagados por la sociedad conyugal, que luego se ocultan en un bolsillo secreto de quien quiere aprovecharse del otro e inclusive para evitar el pago real de una pensión alimenticia.

¿Y el uso de las facturas fantasmas desaparecerá? No, como tampoco lo harán los paraísos fiscales. En todo caso, ya no la tienen tan fácil, ventajosamente el SRI pasó del formalismo de la factura para sustentar la operación…. sin más. Para mirar, si las operaciones que soportan esas facturas son reales, generaron el pago de impuestos en quienes las emiten. ¿Usted pagaría $ 100 por unos zapatos de marca pirata? Pues, no. Así el SRI ya no se lo cree ahora, por más factura autorizada que se presente. Como decimos los abogados, el papel aguanta todo¡

Ahora está en manos de la Asamblea Nacional, si contribuyentes con glosas por facturas fantasmas, se pueden acoger a la amnistía tributaria o condonación de intereses, multas y recargos. (O)

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