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Unificar sistema laboral genera reacciones

Unificar sistema laboral genera reacciones
30 de octubre de 2013 - 00:00

Actualmente el país cuenta con dos cuerpos legales que rigen el trabajo de los servidores públicos: el Código del Trabajo y la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep).

Según el presidente de la República, Rafael Correa, hay muchos abusos en el Código de Trabajo y con la reforma se pretende no afectar los derechos de los trabajadores sino terminar con los excesos.

Ante esta propuesta de reforma constitucional, que permite unificar el sistema laboral ecuatoriano, al evidenciar elevadas liquidaciones a los servidores públicos cuando presentan su renuncia o por jubilación, distintos gremios y expertos reaccionaron.

Miguel García, dirigente de los servidores públicos, señaló que a su criterio debería reformarse el artículo 229 de la Constitución y abolir su tercer inciso que señala que la remuneración de los servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia.

Explicó que en este caso todos los servidores pasarían a depender de la Losep. En el sector público se registran 384.000 servidores que se rigen por la Losep y 115.200 laboran bajo el Código de Trabajo y son quienes migrarían a esta reforma que plantea el presidente Correa.

Ante ello sugirió que todos se rijan por una sola norma que respete hasta las instancias de militares, policías, maestros, entre otros.

En el caso de que solo se modifiquen las indemnizaciones, aclaró que se “topa” la sexta enmienda que planteó el Ministerio de Relaciones Laborales al Código del Trabajo.

Con esta unificación, el primer mandatario pretende no afectar los derechos sino terminar con excesos

En ella se habla de la equiparación de indemnizaciones de trabajadores del sector público y se reformarían los artículos 185, 188 y 189 de esta norma, que mencionan bonificaciones por desahucio e indemnizaciones por despido intempestivo y por contrato a plazo fijo.

El Jefe de Estado informó que se trata de indemnizaciones de cerca de 641 millones de dólares entre 2011 y 2013 por jubilaciones: obligatorias, por invalidez, intempestivas, desahucio, jubilación patronal, supresión de puestos, compra de renuncias, entre otros.

Las principales instituciones que han realizado estos procesos son los Ministerios de Educación, Salud, Justicia e Interior.

“Si el propósito es emparejar las indemnizaciones, no se necesita una reforma constitucional, sino dar curso a la reforma del Código Laboral que ya está planteada”, dijo García.

Este gremio no estaría de acuerdo con la eliminación de todos los derechos adquiridos en el Código de Trabajo y deben tomarse en cuenta licencias, vacaciones, por ello dice que “espera que tampoco se elimine el derecho a sindicalizarse y a la huelga”, que constan en el Código del Trabajo.

En este grupo entran las empresas telefónicas, eléctricas, petroleras, sector de la salud, entre otros.

García dijo que estos sectores se van a sentir “menoscabados”, porque -de acuerdo con la actual ley- tienen un contrato colectivo vigente que otorga derechos como estabilidad y protección. En cambio en la Losep se establece la compra de renuncia obligatoria o que el jefe inmediato decida de manera unilateral el despido.

Además señaló que esta reforma constitucional no podría causar huelgas o reclamos de entidades como la Policía Nacional.

Enfatizó que se está aplicando la ley y no se trata de indemnizaciones “millonarias”. El tope fue dado por mandato 4 de Montecristi.

Los mandatos Constit. 2 y 4 instauran topes de remuneración e indemnización en el sector público

En tanto Mesías Tatamuez, dirigente sindical, afirmó que se ha planteando hace años una ley salarial para que se instale un instituto técnico con profesionales independientes y planifiquen conjuntamente con las partes: trabajadores, empleadores y Gobierno.

Esto con el fin de tener termómetros claros de análisis de producción, desempleo, subempleo. Además, discutir la Ley del Sector Público y del privado, señaló.

El dirigente cree que se debe discutir conjuntamente y a fondo. “No creo que nos opongamos a una propuesta que es para mejorar la situación del país. Sin embargo, hay que analizar a fondo todas esas reformas”, dijo Tatamuez.

En tanto para Joaquín Viteri, experto en derecho laboral, el artículo 326 numeral 16 de la Constitución tendría que reformarse para determinarse un solo régimen de trabajo.

Ahí se señala que en las instituciones del Estado todas las personas que realizan actividades de representación directivas, administrativas o profesionales están sujetas a la Losep. El resto está sujeto al Código del Trabajo.

A su criterio todos deben estar sujetos al Código del Trabajo, excepto los funcionarios que están en nivel directivo, representativo o a cargo de las jefaturas; ellos deben estar sujetos al derecho administrativo.

Viteri consideró “positiva” esta propuesta porque actualmente existe confusión e inequidad en este tema en cuanto a beneficios.

Añadió que para no pagar tantas indemnizaciones se tienen que eliminar los mandatos 2 y 4 de la Constituyente, que son los que establecen este beneficio, los cuales jurídicamente no existen.

Especialmente el 4, que señala que el Estado garantiza la estabilidad de los trabajadores, la contratación colectiva y la organización sindical.

Además, establece un tope de hasta 300 salarios básicos unificados para indemnizaciones por despido intempestivo.

Panorama en la Asamblea

Se está analizando que la propuesta del Ejecutivo sea incluida dentro de las reformas al Código Laboral que sigue en análisis en la cartera del ramo.

Este texto aún no llega oficialmente hasta la Asamblea Nacional, según lo confirmó el legislador Galo Borja, miembro de la Comisión de Régimen Económico.

En tanto, el asambleísta Félix Alcívar, presidente de la Comisión de Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, señaló que el incremento anual del salario básico repercute en excesivas cifras.

Sin embargo aseveró que se está analizando no permitir que las indemnizaciones lleguen a cantidades elevadas y fuera de lo permitido.

Alcívar manifestó que los mandatos 2 y 4 son considerados como leyes orgánicas y al ser así tienen supremacía de leyes normales, en este caso el Código de Trabajo.

El momento que llegue la propuesta al Legislativo dependerá de su carácter. Explicó que si se trata de una ley económica “urgente” el plazo para ser tramitada por el Legislativo es de 30 días. Caso contrario, seguirá el procedimiento establecido para toda ley, esto es entre 45 y 60 días.

Datos

La Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), en su artículo 129, establece en los beneficios por jubilación el derecho a recibir por una sola vez cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio contados a partir del quinto año.

En la misma norma se señala que el trabajador privado recibirá en total hasta un monto máximo de 150 salarios básicos unificados (150 x 318 del salario básico resulta una indemnización de $47.700).

El dirigente Miguel García dijo que el mismo mandato 4 aprobado en Montecristi permite el pago de hasta 300 salarios, que multiplicado por 318 darían $95.400.

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