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Solo empresas en situación económica grave podrán disminuir la jornada laboral

El Ministerio de Trabajo deberá verificar que las empresas están en situación económica grave.
El Ministerio de Trabajo deberá verificar que las empresas están en situación económica grave.
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El asambleísta Fausto Cayambe, jefe de la bancada de PAIS, señaló que las empresas que quieran someterse a la jornada parcial, especial, deberán afrontar cinco condiciones básicas, sino no podrán ser parte de la propuesta de la Ley para la Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo.

La normativa empezará su tratamiento el lunes en la Comisión de Derechos de los Trabajadores y Seguridad Social, presidida por la asambleísta Marlelly Vásconez.

Según Cayambe, entre las cinco condiciones básicas está que solo las empresas en situación económica grave, aguda, podrán acogerse a la reducción de horas en la jornada de 8 horas. Sin embargo detalló que la condición de "grave" de una empresa deberá verificarse por el Ministerio del Trabajo. "Hay que definir qué es extrema en la ley. El Ministerio rector debe tener la capacidad instalada para verificar que la empresa tiene condiciones extremas, graves económicas", dijo.

Así, también, como segundo punto, el empleador debe ponerse de acuerdo con los trabajadores. En el caso de que las empresas tengan requisitos para hacer sindicatos podrán hacerlo a través de estos organismos y no entre el trabajador uno a uno. En cambio, en las empresas donde no hay condiciones para sindicato, el empleador deberá ponerse de acuerdo con la mayoría de trabajadores.

El legislador agregó que la medida debe ser temporal, transitoria. Este es la tercera condición, según Cayambe, y por ello se define solo un plazo de 6 meses, "pero vamos a ir discutiendo", dijo.
Como cuarto punto, en cambio, la normativa define que la reducción de la jornada laboral no debe afectar a otras prestaciones como el pago de la afiliación al IESS, los fondos de reserva. Estos aportes deben continuar. "Se debe seguir pagando el IESS como lo venía haciendo, como el resto de prestaciones", agregó Cayambe.

Finalmente, como quinto punto, el empleador no podrá declarar utilidades si existe una nómina con jornadas ajustadas o prolongadas.

Fondo de cesantía

Por otro lado, el legislador de PAIS reiteró que del 3% que actualmente se destina al Fondo de Cesantía, un 1% alimentará el seguro de desempleo y el 2% seguirá en las cuentas individuales, pero al final, el empleado recibirá todo lo ahorrado en el seguro de desempleo, Fondo de cesantía, más los intereses y la rentabilidad que ha generado.

Pasantías juveniles


Cayambe explicó que actualmente 14.000 jóvenes usan la ley de pasantías y que esperan que con la reforma, miles de jóvenes que están en la universidad puedan usar este mecanismo para tener su primera experiencia laboral, y su primera afiliación al IESS.


Contrato de tipo indefinido

El legislador precisó que con esta norma se da fuerza al contrato de tipo indefinido. Detalló que el contrato a plazo fijo fue eliminado en la ley de justicia laboral. "En esta ley no se topa ese mecanismo, ahora le damos fuerza al contrato de tipo indefinido. Ninguna de las modalidades de contrato contempla esta ley que estamos tratando", agregó.(I)

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