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El Telégrafo
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La Súper de Bancos pide anular fideicomisos de la venta de Teleamazonas

La Súper de Bancos pide anular fideicomisos de la venta de Teleamazonas
15 de mayo de 2013 - 00:00

15-05-13-idenfificacion-accionales-personalesUna investigación de la Superintendencia de Compañías sirvió de base para que la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS) denuncie ante la justicia que los bancos Pichincha y del Austro simularon la venta de las acciones que poseían en los medios de comunicación Teleamazonas y Telerama, respectivamente.

Esa simulación, afirma la SBS, violentó  la Constitución, el mandato popular  del 7 de mayo de 2011 (referéndum), la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero (LGISF), la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado (LORCPM), la Ley de Mercado de Valores, la Ley General de Seguros y el Registro Oficial 555 del 13 de octubre de 2011.

Por ello, el superintendente de Bancos, Pedro Solines, en calidad de representante legal del organismo  de control, entabló las respectivas demandas  porque existía el “ánimo manifiesto de retener la propiedad y el control de los medios”, pues no se encuentra en la negociación   la característica esencial de un proceso de  compra-venta, que es la enajenación perpetua e irrevocable.

En el caso de la venta de acciones de Telerama, la demanda civil se presentó el 22 de febrero de 2013, en contra del grupo financiero Banco del Austro. En cuanto a Teleamazonas, la demanda se entabló dos días antes contra los representantes legales del grupo financiero Banco Pichincha y Diners Club. Ambos procesos judiciales están en marcha.

Sin embargo, los empleados que compraron acciones de los medios, no fueron  demandados en el proceso, sino  los dueños mayoritarios de éstos y los grupos financieros anotados. “A los accionistas se les notifica con el fin de respetar el debido proceso  y para que puedan ejercer los derechos de los que se crean asistidos”, dijo Solines.

Proceso en caso Teleamazonas

En lo que respecta al grupo del Banco Pichincha y Diners Club, el superintendente de Bancos, Pedro Solines, en su demanda solicitó al juez que “declare la nulidad absoluta causada por objeto y causa ilícita de los contratos de fideicomiso Teleamazonas  y Teleamazonas II”, en que están involucrados los demandados “como constituyentes, beneficiarios, partes y accionistas de las compañías”.

Y como consecuencia de tal declaratoria, Solines pidió “la nulidad de los contratos de compra-venta de acciones y los consecuentes contratos de Encargo Fiduciario y de prenda ordinaria de comercio; la nulidad absoluta ocasionada por objeto y causa ilícitos, por los actos jurídicos de simulación en fraude al Derecho Público, por retención indebida en que incurren entidades financieras y personas naturales y jurídicas vinculadas, de propiedad accionaria de Teleamazonas, contraviniendo lo determinado en el artículo 312 y la disposición Transitoria Vigésima Novena de la Constitución y normas del bloque de la constitucionalidad y disposiciones secundarias obligatorias”.

En su demanda, Solines aclaró que la declaratoria de nulidad absoluta por objeto y causa ilícita de los contratos de fideicomiso, así como de los consecuentes contratos de compraventa de acciones, prenda ordinaria de comercio y Encargo Fiduciario “deberá salvar los derechos de posibles terceros de buena fe que hayan intervenido  en negociaciones legítimas relacionadas con las acciones y derechos de las compañías dueñas  de las acciones de Teleamazonas”.

El  artículo 312 de la Constitución señala que: “Las entidades o grupos financieros no podrán poseer participaciones permanentes, totales o parciales en empresas ajenas a la actividad financiera. Se prohíbe la participación en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social, a entidades o grupos financieros, sus representantes legales, miembros de su directorio y accionistas. Cada entidad integrante del sistema financiero nacional tendrá una defensora o defensor del cliente, que será independiente de la institución y designado de acuerdo con la Ley”.

En cambio, la Disposición Transitoria Vigésima Novena estipula: “Las participaciones accionarias que posean las personas jurídicas del sector financiero en empresas ajenas a este sector, se enajenarán en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de la Constitución”.

15-05-13-involucrados-en-demandaLos implicados en el proceso

La Superintendencia de Bancos demandó a las personas jurídicas Banco Pichincha, Inmobiliaria Río Pacífico INRIOPA; Fideicomisos Teleamazonas I y II, Fiduciaria Administradora de Fondos y Fideicomisos Produfondos S.A., a través de sus  representantes legales.  Igual hizo con las personas naturales (individuos) implicadas en el tema (ver listado en el recuadro).

Incluso, la Superintendencia de Bancos pidió al juez  que se cuente con la comparecencia, en el proceso,  de todas las personas que compraron acciones de las compañías Centro de Radio y Televisión Cratel S.A. y Teleamazonas Guayaquil S.A., y que suscribieron los respectivos contratos de Encargo Fiduciario y de prenda ordinaria de comercio.

Las investigaciones determinaron que las instrucciones a los fideicomisos, en lo medular, eran vender a terceros las acciones de propiedad del Patrimonio Autónomo respectivo, es decir, la propiedad del canal Teleamazonas. En este sentido, en la cláusula Décimo Cuarta se puso que las acciones solo se podían transferir a las personas “indicadas exclusivamente por los mismos constituyentes de los fideicomisos”.

Para sustentar su demanda, Pedro Solines se amparó en lo que estipula la Constitución, la norma aprobada en consulta popular de 2011 y en las disposiciones de cumplimiento generalmente obligatorio determinadas por la Superintendencia de Bancos y otros organismos de control.

Mediante Decreto Ejecutivo 669 del 21 de febrero de 2011, el presidente  Rafael Correa solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) la convocatoria a referéndum y consulta popular, a fin de enmendar la Constitución y consultar a los ecuatorianos temas de interés nacional, que se llevó a cabo el 7 de mayo de 2011.

Tras los resultados del referéndum, en el suplemento del Registro Oficial No. 490 de 13 de julio de 2011 se publicaron las enmiendas aprobadas, entre ellas, del primer inciso del artículo 312 y la Disposición Transitoria Vigésimo Novena de la Constitución.

Para entablar la demanda, la Superintendencia de Bancos se amparó en informes previos y de control de la Superintendencia de Compañías, relacionados con la investigación que efectuó para establecer si el proceso de desinversión que se realizó entre los accionistas del Banco Pichincha, Diners Club y Teleamazonas cumplió o no con el artículo 312 de la Constitución de la República.

Esa investigación determinó que existía “una serie de irregularidades en dicho proceso, que llevan a establecer la presunción de que la norma constitucional no habría sido cumplida y que, por tanto, se deben revisar los actos y negocios jurídicos que rodean el esquema utilizado, estableciendo los indicios necesarios que llevan a la declaración de que existió una simulación, a través de un proceso contractual, para disimular un fraude a la Ley, en este caso al Derecho Público”.

Normativa estipula sanciones

La Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado señala: “Sin perjuicio de la suspensión de los derechos políticos y económicos para los principales accionistas, y de la remoción de los miembros principales y suplentes de los directorios incursos en la prohibición del primer inciso del artículo 312 de la Constitución, el Superintendente de Bancos, previa autorización de la Junta Bancaria, procederá a la incautación y venta en pública subasta de las acciones o participaciones de la respectiva institución financiera, dispuesta por el cuarto inciso del artículo innumerado agregado a continuación del artículo 141 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero por la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado, promulgada en el suplemento del Registro Oficial 555 del 13 de octubre de 2011, en caso de determinarse que no se haya procedido a la enajenación ordenada por el primer inciso de la primera disposición transitoria”.

Además, tendrán que atenerse a las consecuencias civiles y penales los representantes legales de las instituciones del sistema financiero privado que firmaron una declaración juramentada, en la que expresaron que tanto su representada, como ellos mismos, sus cónyuges o convivientes en unión de hecho, ya no eran titulares directa ni indirectamente de la propiedad ni otros derechos reales que los faculten al ejercicio de derechos políticos o económicos sobre acciones o participaciones en compañías o sociedades mercantiles ajenas a la actividad financiera, que tengan presencia o actividad en el mercado ecuatoriano, incluidas las reguladas por la Ley de Mercado de Valores y la Ley General de Seguros.

La obligación de presentar la declaración juramentada consta en la Disposición Transitoria Quinta del Reglamento que regula la observancia de la Disposición Constitucional Transitoria Vigésimo Novena.

En este sentido, el 19 de diciembre de 2012 la Superintendencia de Bancos dio 90 días más de plazo a las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, a los accionistas, directores y representantes legales, para que presenten la declaración juramentada de que no son dueños de empresas ajenas a la actividad comunicacional. Esto se cumplió, pero ahora se revela que tras ello había una “simulación” en la venta de las acciones de Teleamazonas y Telerama.

El artículo 335 de la Constitución, en lo referente a Intercambios Económicos y Comercio Justo, señala: “El Estado regulará, controlará e intervendrá, cuando sea necesario, en los intercambios y transacciones económicas; y sancionará la explotación, usura, acaparamiento, simulación, intermediación especulativa de los bienes y servicios, y toda forma de perjuicio a los derechos económicos y a los  bienes públicos y colectivos”. Añade que “el Estado establecerá mecanismos de sanción para evitar toda  práctica de monopolio y oligopolio privados, o de abuso de posición de dominio en el mercado y otras prácticas de competencia desleal”.

Finalmente, la normativa vigente estipula que el Superintendente de Bancos impartirá instrucciones de carácter general y particular necesarias para que la prohibición del primer inciso del artículo 312 de la Constitución, sea plenamente observada.

BANCO PICHINCHA CALIFICA COMO “IMPROCEDENTE” LA DEMANDA DE LA SBS

Ante  la demanda presentada por la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS) en contra del Banco Pichincha, propiedad de Fidel Egas Grijalva, por incumplir con la obligación jurídica de vender las acciones que mantenía en el canal Teleamazonas, el presidente adjunto de la entidad, Antonio Acosta Espinosa, se pronunció ayer a través de un comunicado de prensa.

En el documento expresa que “si bien la demanda presentada por la Superintendencia de Bancos incluye al Banco Pichincha, no menciona ninguna infracción cometida por el Banco,  y consecuentemente no solicita ninguna sanción contra esta institución. Es por ello que la consideramos improcedente en cuanto al Banco se refiere, y nos exime de ofrecer explicaciones adicionales al respecto”.

Como antecedentes, la entidad bancaria asegura  que los accionistas del Banco Pichincha fueron propietarios de las acciones de Cratel y Teleamazonas Guayaquil hasta agosto de  2010, cuando “traspasaron dichas acciones a dos fideicomisos mercantiles con el encargo irrevocable de que las vendan a terceras personas para cumplir con la obligación de desinversión que les impuso la Constitución de la República”.

Según el comunicado, la entidad reconoce que el plazo para la venta de acciones vencía en octubre de 2010, por lo que en  dichos fideicomisos vendieron la totalidad de sus acciones a un grupo empresarial del Perú, experto en comunicación;  a funcionarios y empleados del mismo canal Teleamazonas; y a empresarios de Quito y Guayaquil. “En las ventas realizadas por estos fideicomisos se establece con absoluta claridad que dichas acciones por ningún concepto pueden volver al poder de sus anteriores dueños”. “El organismo financiero considera que la disposición legal de desinversión fue cabal y oportunamente cumplida por parte de sus accionistas”, dicta el enunciado.

De esta manera, también explicaron que “Banco Pichincha no es responsable de la constitución, administración y control de los mencionados fideicomisos, ni ha participado en su ejecución como para estar involucrado en esta supuesta simulación o en cuestionamientos a dichos instrumentos jurídicos. Adicionalmente, el Banco nunca ha sido propietario de las acciones de Teleamazonas”.

El Telégrafo buscó las reacciones del gerente general de Teleamazonas, Sebastián Corral, quien también fue convocado en la demanda de la SBS, pero prefirió no pronunciarse al respecto.

El organismo de control demandó al Banco Pichincha por una posible simulación en la venta de acciones de Teleamazonas, que fue el resultado de una amplia investigación que tomó más de dos años.

La demanda civil en contra de los representantes legales de las entidades financieras y de las empresas que habrían simulado la venta de acciones de Teleamazonas se presentó el 20 de febrero de este año.  Actualmente, el proceso avanza en el Juzgado Noveno de lo Civil de Pichincha.

DIRECTIVOS DEL AUSTRO TODAVÍA NO SE PRONUNCIAN SOBRE EL PROCESO CIVIL

Las “anomalías” en la venta de ETV Telerama, que hasta entonces era propiedad del Grupo  Eljuri, se confirmaron en noviembre del año pasado. El superintendente de Bancos, Pedro Solines, informó sobre la elaboración de un expediente de 2.500 páginas que así lo demostraba.

En octubre de 2010 el Grupo Eljuri tenía a su cargo el manejo del Banco del Austro y también los medios Telerama, Orovisión (Machala)  y empresas de televisión por cable como TV Max S.A. Tivimaxsa, Cosmovisión, Telesat. El reporte de ingresos de Telerama, según el SRI, fue de 3,3 millones de dólares en 2009 y la Superintendencia de Compañías  estableció  que el capital suscrito del medio era de  1,7 millones de dólares.

En ese momento, los directivos de Telerama  informaron que la transferencia de las acciones de la familia Eljuri se registraron a favor de una empresa panameña y a personas naturales ecuatorianas. En diciembre de 2010, la televisora presentó a su nuevo presidente ejecutivo, el colombiano Roberto Dager, quien reemplazó a Rebeca Eljuri de Kronfle, quien presentó su renuncia  tras la venta del canal.

Sin embargo, cuando se detectaron las irregularidades en la transacción, Solines apuntó: “analizamos con abogados internos y externos qué medidas vamos a tomar para que luego no digan que se irrespetó el debido proceso, que no hubo la legítima defensa y que no hubo notificación”.

La resolución de la Junta Bancaria emitida en octubre de 2010 especificaba que la prohibición de que la banca mantenga inversiones en los medios de comunicación también incluía a las personas naturales y jurídicas que mantengan inversiones en fondos de inversión o fideicomisos mercantiles. Y dispuso que, en caso de incumplimiento de la norma, los miembros del directorio u organismo que hagan sus veces y de los representantes legales de la institución del sistema financiero que no acaten la disposición serían removidos. De ahí que los bancos tenían como plazo hasta el 30 de octubre de ese año para presentar una declaración juramentada que certifique su desvinculación de los medios de comunicación.

Otra de las sanciones, en caso de no concretarse la desinversión, era que los títulos representativos de su inversión o participación serían ofertados a través de las bolsas de valores o en una  subasta pública.

Desde entonces los nuevos propietarios de Telerama no se han pronunciado. Tampoco lo hicieron ayer, cuando se conoció la demanda que el Superintendente de Bancos interpuso en contra de los representantes legales del Banco del Austro por haber incumplido dicha disposición.

En  un breve diálogo telefónico Mauricio Icaza, vicepresidente de Noticias de Telerama en Guayaquil, manifestó que el personal laboraba con normalidad y que cualquier pronunciamiento debería hacerlo el Banco del Austro. Este Diario intentó comunicarse con Óscar Sierra, gerente de Mercadeo de la entidad, pero no hubo respuesta.

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