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Empleadores y trabajadores deberán registrarse

Empresarios piden que reglamento tenga en cuenta la temporalidad

Se estima que unas 500 mil personas trabajan al año en el sector de la construcción en el país. Muchos ya son conocidos de los patronos. Foto: William Orellana
Se estima que unas 500 mil personas trabajan al año en el sector de la construcción en el país. Muchos ya son conocidos de los patronos. Foto: William Orellana
16 de marzo de 2014 - 00:00 - Redacción Economía

Hugo Vera tiene 50 años de edad, y de ellos 20 se ha dedicado a la albañilería y carpintería, aunque -dijo- algo conoce de gasfitería y electricidad.

Por el momento trabaja en una construcción ubicada en la vía a la Costa (Guayaquil) y recibe 150 dólares semanales por parte de la compañía encargada de la obra, pero sabe que una vez concluida la infraestructura, deberá nuevamente buscarse un trabajo que le permita mantener a su familia, compuesta de esposa y 3 hijos.

“Ya nos conocen y nos llaman”, dijo confiado.

Y es que así de informal suele ser el trabajo en el sector de la construcción, una característica que llevó al Ministerio de Relaciones Laborales a emitir un reglamento para regular principalmente la parte contractual de los obreros.

“Lo que pretendía este reglamento era normar las formas de contratación y los contenidos de dichos contratos, de modo que se eliminaran las interpretaciones que pudieran hacer cualquiera de las partes, ya fueran empleadores, trabajadores e incluso autoridades”, expresó Hermel Flores, titular de la Cámara de Industrias de la Construcción (Camicon).

Sin embargo, la normativa no fue lo que esperó tras lo acordado con el exministro Francisco Vacas, pues según él, fueron omitidos aspectos que lo que buscaban era facilitar la actividad.

Entre ellos mencionó el pago anticipado de décimos sueldos y demás beneficios, lo cual “es práctica común en el sector”, y también la contratación por etapas.

Dijo que el reglamento exige que una segunda contratación se haga por plazo indefinido, lo cual se contrapone al ‘espíritu’ con el cual fue concebido el documento.

Según Flores, el segmento de la construcción tiene ‘particularidades’ como la temporalidad, esto es que una constructora termina una obra -que puede durar meses o años-, y luego se queda sin trabajo, por lo que se le dificulta tener una planta de obreros permanente.

“De lo que se trata es de ligar el contrato de los trabajadores con la obra, su duración e incluso con la especialidad que tenga cada uno de los obreros”, indicó el representante de la Camicon.

Con esta postura coincidió José Centeno, presidente de la Cámara de la Construcción de Guayaquil (CCG), pues aseguró que durante las diferentes etapas de una obra participan diferentes ‘especializades’, por ejemplo, albañiles, los que colocan puertas, pisos o electricistas, y no se los puede tener contratados “si no van a hacer nada”.

“Esto podría impedir que se contrate a los mismos trabajadores para otras etapas de la construcción”, señaló Flores.

Tal razón es una de las que también se argumentan en el tema específico de la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

José Zamora, de 27 años, quien se dedica a la albañilería, no está afiliado al IESS, pero cree que es necesario, pues en su trabajo enfrenta múltiples peligros.

Aun así, está consciente de que esto ocurre en las constructoras pequeñas, pues las más grandes sí aseguran a sus trabajadores.

Por lo demás, Hermel Flores expresó que el reglamento tiene algunas ventajas, como las facilidades para registrar los contratos y las actas de finiquito. De momento, el sector analiza un acercamiento con las autoridades para corregir estos aspectos puntuales.

Datos

Trabajadores. Según la Cámara de la Industria de la Construcción, más de 500.000 personas trabajan al año en el sector.

Control.Las constructoras deberán llevar un registro de las obras, proyectos y etapas de construcción. Esto se lo hará electrónicamente.

Formalidad.Los trabajadores de la construcción deberán registrarse en el Ministerio de Relaciones Laborales y obtener una cédula que los acredite como tales. También deberán abrir una cuenta bancaria para su pago.

Información.Tanto el empleador como el trabajador de la construcción deberán registrarse en el Ministerio de Relaciones Laborales, a fin de contar con una clave de acceso al portal de internet de la institución, en donde recibirán notificaciones.

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