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Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas pasa al segundo debate en la Asamblea

El debate de la Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas. se realizó de forma virtual.
El debate de la Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas. se realizó de forma virtual.
Asamblea Nacional
10 de mayo de 2020 - 07:00 - Redacción Web

Con ocho votos a favor y cinco en contra, la Comisión de Régimen Económico aprobó el informe para segundo debate del Proyecto de Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.

El asambleísta independiente Franco Romero mocionó la aprobación del informe que contó con el apoyo de Patricio Donoso y Luis Pachala de CREO, Gabriela Larreátegui de SUMA, por parte de Alianza PAIS Ana Belén Marín, Juan Carlos Yar y Daniel Mendoza y César Solórzano del Partido Sociedad Patriótica.

Por su parte los votos en contra llegaron por parte de los asambleístas de Revolución Ciudadana Hermuy Calle, Lira Villalba y Esteban Melo, además de Vicente Almeyda y Henry Kronfle, del Partido Social Cristiano.

Para la asambleísta por Alianza PAIS, Ana Belén Marín, el texto final recogió las observaciones de todos los asambleístas que integran la comisión. “Esta norma ya era momento que el país la reciba”, dijo la legisladora.

El documento que llegó a la Asamblea Nacional el 16 de abril pasado cuenta con 84 páginas. El Proyecto hace reformas al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo.

Entre las propuestas se encuentra la conformación del Comité Nacional de Coordinación Fiscal que será integrado por once miembros: un representante del Presidente de la República que será funcionario del ente rector de las finanzas públicas, lo presidirá y tendrá de ser el caso voto dirimente; un delegado del ente rector de la planificación; un representante del Banco Central del Ecuador.

También un representante de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales; uno de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales; un representante de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales; uno de cada una de las Entidades de la Seguridad Social (IESS – ISSFA – ISSPOL); uno de las Empresas Públicas; y un representante de la Asamblea Nacional, designado por el Pleno de la Función Legislativa, con experiencia en Política Fiscal y Finanzas Públicas.

Cada miembro tendrá derecho a voz y a voto. El Comité Nacional de Coordinación Fiscal podrá asignar la gestión técnica a subcomités creados por cada tipo o grupo de entidades. Su funcionamiento será establecido mediante el reglamento del Código. (I)

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