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Proyecto de Código Penal incluye sanciones para los violentos

Proyecto de Código Penal incluye sanciones para los violentos
09 de octubre de 2013 - 00:00

El Proyecto de Código Orgánico Integral Penal que hoy se discutirá en segundo debate en el Pleno de la Asamblea Nacional establece sanciones para quienes provoquen o protagonicen hechos violentos en eventos deportivos masivos.

La propuesta para que se tipifiquen estos delitos fue presentada por el asambleísta Virgilio Hernández y el  Ministerio del Deporte, después de los incidentes que hubo en los estadios entre el 2012 y lo que va del 2013.    

El marco legal pertinente a los espectáculos deportivos está señalado en el artículo 402 del Capítulo Décimo titulado Contravenciones. Ahí se señala que el castigo a los infractores será la prohibición de ingreso a todos los escenarios deportivos del país hasta por un año, así como trabajo  comunitario de hasta 100 horas.   

Además, en el artículo 139 del Capítulo II de los Delitos contra los derechos de libertad, se tipifica el asesinato. La persona que asesine a otra será sancionada con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

Para aplicar esta sanción, la muerte debe producirse “durante concentraciones masivas, tumulto, conmoción popular, eventos deportivos o calamidad pública”, según reza en la propuesta. “No es posible que las personas aprovechen aglomeraciones para cometer un crimen. Creo que merecen un fuerte castigo”, sostuvo la asambleísta Mariángel Muñoz, integrante de la Comisión de Justicia, quien  fue la encargada de tramitar e incorporar  las observaciones que se han discutido durante aproximadamente dos años.  

En el artículo 151 de la sección segunda de los delitos contra la integridad personal se tipifican también las lesiones. Es decir, que la persona que agreda a otra será castigada, de acuerdo a la gravedad de la lesión,   con una pena privativa de libertad que va desde los 30 días hasta los siete años y se incrementa si el suceso ocurre al interior de un escenario deportivo.    

“Si la lesión se produce durante concentraciones masivas, tumultos, conmoción social, evento deportivo o calamidad pública, será sancionado con la máxima pena privativa de la libertad prevista para cada caso, aumentada en un tercio”, contempla el proyecto.

El Ministerio del Deporte y la Ecuafútbol esperan que se apruebe y entre en vigencia cuanto antes el Código Orgánico Penal Integral, para tener el marco jurídico que permita establecer precedentes y sancionar a quienes provoquen hechos violentos en los escenarios deportivos.         

“Esperamos que esto les sirva a los jueces y a las autoridades competentes para prevenir incidentes, porque no es la idea sancionar. Hay que hacer una campaña comunicacional para que los aficionados se enteren de que si cometen una infracción, van a ser sancionados drásticamente”, indicó ayer el ministro del Deporte,  José Cevallos.   

El secretario de Estado anticipó que es necesario que todos los estamentos asuman sus respectivas competencias. “La federación, los municipios y los ministerios deben responsabilizarse de la parte que les corresponde”, advirtió.

Cevallos además indicó que cuando entre en vigencia el Código Integral se hará una evaluación para ver si es necesario reforzar esas sanciones y agilitar la elaboración del proyecto de Ley Antiviolencia. “Hemos iniciado con esto que era lo más urgente para frenar las muertes en los estadios. Vamos a ir trabajando, si es necesario, en la ley antiviolencia que es específica para el fútbol. Pero primero veremos si lo que consta en el Código Integral Penal da resultado sin otras leyes adicionales”, acotó Cevallos.      

Al momento está en vigencia el Acuerdo Ministerial 078 que el Ministerio del Deporte publicó sobre la prohibición de vender bebidas alcohólicas en los escenarios deportivos, así como la disposición del Ministerio del Interior de mantener la seguridad interna y externa con personal policial.

Los “uniformados”, además, continuarán con los controles a los aficionados en la entrada a los estadios. Se mantiene la prohibición del ingreso de banderas y bombos.

CONTRAVENCIONES

El proyecto detalla las contravenciones por las que se establecerán las sanciones:

1.- Las personas que durante el desarrollo de un evento público invadan de manera violenta y sin autorización el campo de juego o el escenario, así como las que lancen objetos que provoquen la suspensión del cotejo deportivo o el espectáculo que se desarrolla.

2.- Las personas que por haber arrojado objetos a la cancha o al escenario principal ocasionen la suspensión o cancelación del evento o espectáculo deportivo.

3.- La persona que introduzca de manera subrepticia a escenarios deportivos o de concurrencia masiva armas blancas, petardos, bengalas o material pirotécnico prohibido.

4.- Los dirigentes deportivos y dirigentes de barras organizadas participantes en los eventos deportivos en que se produzcan actos de violencia que no denuncien ante la autoridad competente.

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