Impuesto a la Renta Único para operadores de pronósticos deportivos
El Servicio de Rentas Internas informó que, desde el 1 de julio de 2024, se implementará en el Ecuador el Impuesto a la Renta Único sobre los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos "conforme el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar", vigente desde su publicación en el suplemento del Registro Oficial 335, del 20 de junio de 2023.
Si le gusta las apuestas, le explico: la combinada tributaria grava con una tarifa del 15% los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes en el país.
Los operadores pueden restar de dichos ingresos los premios pagados sobre los que hubieren efectuado la respectiva retención e la fuente.
A su vez, los premios de los jugadores también están gravados con el 15% del impuesto a la renta, el cual será retenido y pagado al fisco por parte de los operadores de pronósticos deportivos.
#ATENCIÓN | Desde el 1 de julio de 2024, se implementará el Impuesto a la Renta Único sobre los ingresos percibidos por los Operadores de Pronósticos Deportivos ⚽?.
— SRI Ecuador (@SRIoficialEc) June 28, 2024
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