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Objeción parcial a Ley de Cultura dispone reglas para el patrimonio

Las vallas de la Casa de la Cultura se agrandaron de 2 a 3 metros luego de ser reinstaladas debido a la seguridad del predio, según Gabriel Cisneros Abedrabbo.
Las vallas de la Casa de la Cultura se agrandaron de 2 a 3 metros luego de ser reinstaladas debido a la seguridad del predio, según Gabriel Cisneros Abedrabbo.
Fotos: John Guevara / El Telégrafo
16 de diciembre de 2016 - 00:00 - Redacción Cultura

El Ejecutivo presentó su objeción parcial a la Ley Orgánica de Cultura –el lunes 12 de diciembre– con 21 cambios al articulado que fue aprobado el pasado 14 de noviembre, por mayoría en la Asamblea Nacional.

Entre las razones del veto parcial  consta la especificación del Ministerio de Cultura y Patrimonio  (MCyP) como ente rector del Sistema Integral de Información Cultural, al igual que el Sistema Nacional de Cultura, ausente en la normativa.

De igual manera, entre los deberes y atribuciones del ente rector  del sistema, el Ejecutivo agregó la capacidad de “aprobar los estatutos de las instituciones miembros del Sistema Nacional de Cultura, con excepción de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD)”, en el artículo 26 de la ley. Una de estas, según lo dispuesto en la sesión 411 de la Asamblea, sería la Casa Montalvo, en Ambato.

Algunos de los principales cambios están vinculados a las declaratorias patrimoniales, es así que se reformó el artículo 63, al considerar que “dota a los GAD de la capacidad de declarar utilidad pública y expropiar bienes patrimoniales que se encuentren en riesgo en jurisdicción territorial, beneficiándose en esta operación de una reducción sobre el costo comercial”.

El cambio se dio bajo la consideración de que “la persona que padezca el natural prejuicio de privarse, vía expropiación, de un bien patrimonial de su propiedad, no debe sufrir -además- detrimento en el precio a recibir como justo pago compensatorio”.

A través del artículo 66, respecto a la obligación de protección de los bienes del patrimonio cultural nacional, el Estado pondrá a disposición de los titulares –que sean personas naturales– opciones de financiamiento para cumplir con su protección.

En el artículo 67, de la ley aprobada por la Asamblea Nacional, se estipulaba la prohibición total o parcial de la destrucción de bienes patrimoniales, sin embargo, el veto presidencial faculta su “alteración o destrucción total o parcial (...) únicamente si el Instituto Nacional de Patrimonio ha desclasificado previamente un bien del inventario.

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Asamblea Nacional, presidida por Raúl Abad, recibió estas observaciones. En cuanto a uno de los mayores repositorios arqueológicos del país [ver subtema], el MCyP y la Casa de la Cultura han ratificado el aplazamiento de su apertura, la cual fue anunciada para el último trimestre de este año. Los bienes culturales que fueron movilizados del Museo a distintas reservas por el  MCyP serían 2.216, según Patricio Feijó, exfuncionario de la institución. (I)

"Depósito legal de publicaciones debería ser parte de la Biblioteca Nacional"

En la Ley Orgánica de Cultura se dispone que las instituciones vinculadas al sector convoquen a elecciones de sus autoridades 180 días después de que el articulado entre en vigencia.

Este diario entrevistó al vicepresidente de la Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE), Gabriel Cisneros, quien fue reelegido para dirigir esa institución, junto con Raúl Pérez Torres, a mediados de agosto pasado. Para el poeta latacungueño, en la ley existe una paradoja: “Dice que la Junta Plenaria de la Casa aprobará sus leyes y reglamentos, pero en una de las (disposiciones) transitorias se establece que estos serán aprobados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio (MCyP)”. El funcionario público dijo que no ha habido acercamientos de la CCE con el MCyP luego de que la Asamblea Nacional aprobara la ley, a inicios de noviembre. “Debemos esperar la aprobación definitiva de la ley, y que los organismos del Estado -como los ministerios de Relaciones Laborales, Cultura y Finanzas- cumplan lo que han aprobado los asambleístas en un plazo que me parece imposible: en 120 días deberemos tener elaboradas las nuevas herramientas administrativas para el nuevo modelo de gestión, como el talento humano, sus competencias (...)”.

En el caso de los núcleos provinciales de la CCE, las elecciones de autoridades serían mediante voto universal y voluntario y sus miembros, elegidos por mayoría simple, según el veto del Ejecutivo (al artículo 162 de la normativa).

“Aquello, pese a que Santo Domingo, Santa Elena y Galápagos aún no tienen infraestructura física”, reiteró el Vicepresidente de la CCE.

El Museo y Biblioteca Nacionales, que están vacíos desde hace un año, por readecuaciones, serían unificados, dijo Cisneros, quien alude a un “convenio interinstitucional entre la CCE y el MCyP” para explicar que, aparte de eso, el Museo Pedro Pablo Traversari -con instrumentos centenarios- sería reabierto, junto al Museo Etnográfico de la Casa, “durante el primer trimestre de 2017”. Según la ley, el depósito legal (registro de obras impresas) de la Biblioteca estaría en manos de la Biblioteca Aurelio Espinosa Pólit, lo cual considera un error legal. “Debería estar en le Biblioteca Eugenio Espejo”.  

La matriz de la Casa de la Cultura Ecuatoriana se convertirá en una Sede Nacional y habrá un núcleo de Pichincha, ratificó Cisneros. La subsecretaria de Memoria Social del MCyP, Andrea Nina, le dijo a EL TELÉGRAFO, que la reapertura del Museo Nacional se postergará para 2017, sin fecha definida. (I)

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