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El Telégrafo
Christian Gallo Molina

Viaje al corazón de las tinieblas

26 de julio de 2021 - 00:59

En 1899, Joseph Conrad publicó su obra más reconocida “El corazón de las tinieblas”. En ella, el autor nos sumerge en un profundo, largo y letárgico viaje hacia lo más oscuro de la naturaleza humana. Entre sus líneas, el lector puede internarse junto con el protagonista en aquella África colonizada del S.XIX en búsqueda de un lóbrego personaje. Entonces explotación, genocidio, locura e infamia culminan con la oscuridad y el horror, pues como bien lo dice Conrad, a medida que el ser humano se aleja de la civilización, es cuando aflora su verdadera naturaleza.

La obra de Conrad fue llevada a la gran pantalla muchos decenios más tarde por Francis Ford Coppola. La diferencia estribaba en que esta vez el contexto varía del colonialismo de fines del S.XIX a la guerra de Vietnam. En todo caso, tanto explotación como guerra son límites a la civilidad y, por ende, caldo de cultivo para que la oscuridad con la que convive el ser humano aflore en medio de la degradación. Tomando las palabras de Baudelaire “un oasis de horror en medio de un desierto de aburrimiento”.

Precisamente, esta cita es el punto de partida de una de las obras cumbre de la literatura latinoamericana de los últimos tiempos. 2666, obra póstuma de Roberto Bolaño y, que al igual que la novela de Conrad, narra un lenta y esquizofrénica huida hacia la oscuridad del hombre, se establece como hito al ser de las primeras que, con un lenguaje descarnado, involucra al lector en una vesánica investigación rodeada por muertes que pareciesen erigirse como la normalidad.

Antes de su muerte, cuando a Bolaño se le preguntó durante una de sus conferencias el por qué de la frase de Baudelaire en su obra, este supo advertir que dichas palabras adelantan la enfermedad del hombre moderno: ante la monotonía, el abandono, la soledad y el desprecio, lo único que queda a la mano del hombre en ese punto muerto es el horror, la maldad, la brutalidad y la perversidad.

Son ya varios meses en que nuestros ojos han contemplado estupefactos como el terror y la barbarie se han tomado los centros de rehabilitación social, y al igual que en la literatura, se han convertido en el corazón de las tinieblas. Así, miles de hombres, abandonados a su suerte por el Estado, viven en un punto muerto, encontrando como oasis en sus desiertos, al horror propio de la violencia y el aniquilamiento.

En este contexto vale señalar que, por mandato constitucional, que a su vez se encuentra recogido en el ordenamiento jurídico penal, las personas privadas de libertad son grupos de atención prioritaria que se encuentran bajo custodia del Estado y, por ende, este responde ante cualquier tipo de acción u omisión que atente contra sus derechos.

Por otra parte, el fundamento del Derecho penal no es otro que el castigo. El Estado, de manera intencional, causa un mal a quien previamente lo ha ocasionado, buscando alquímicamente, que este mal se transmute en un bien.

En efecto, nadie niega que el castigo es un mal, de ahí que el punto de partida de la teoría de la pena sea precisamente hallar una justificación para su existencia. De esta forma, la teoría se divide entre quienes consideran que existe algo fundamentalmente justo en castigar (par pari refertur o igual con igual se paga); y, entre aquellos que consideran que, si bien el castigo es malo, el mismo es útil a fin de evitar que más sujetos sucumban ante conductas dañosas. A la primera línea aquí descrita, se la denomina retribución, mientras que a la segunda se la denomina prevención.

Las teorías retributivas tuvieron su auge en la antigüedad y fueron cediendo paso a las preventivas a través de la racionalización y humanización del Derecho penal. Así, la prevención se diversifico en: a) general, dirigida a la colectividad (y que a su vez se clasifica en general negativa (basada en la intimidación y el miedo) y general positiva (basada en la conciencia social y el respeto de la norma); y, b) especial, dirigida hacia quien ya ha delinquido

Por otra parte, junto al Derecho penal, existe también la Política Criminal, que no es sino el conjunto de criterios destinados al tratamiento de la criminalidad. Así, la Política Criminal, a diferencia del Derecho penal no tiene una orientación teórica sino más bien práctica; no obstante, cada ordenamiento jurídico penal responde y expresa una determinada Política Criminal

¿Qué sucede entonces en el Ecuador? En el año 2014 tuvimos la histórica oportunidad de que el ordenamiento jurídico penal ecuatoriano tenga al fin un cuerpo normativo a la altura, con visión de futuro y que revele el avance en materia penal del país. No obstante, el apuro nos venció y entre gallos y media noche, una legislatura autómata y servil, aprobó un cuerpo normativo que presenta numerosas falencias.

En este contexto, Ecuador carece de una Política Criminal clara, y el ordenamiento se limita a decir que el fin de la pena es la prevención general, sin definir si la misma es positiva o negativa. Por otra parte, olvida un tratamiento directo de la persona que ha delinquido (prevención especial) e insiste con la vieja fórmula de la rehabilitación y la prohibición de aislamiento. Sin embargo, la realidad supera a las palabras.

Durante más de una década, vivimos en un desierto lleno de espejismos de seguridad y desarrollo. Tan apropiado es utilizar el término espejismo, porque bastaron cuatro años de un gobiernucho impuesto por el caudillo, para que todas esas visiones se desvaneciesen y nos revelasen una cruda moraleja orwelliana: todos somos iguales, pero algunos son más iguales que otros.

Por tanto, el cambio que requiere el Ecuador en la peor crisis carcelaria de su historia no estriba únicamente en lo que puede hacer el Gobierno de turno, pues estas soluciones solo serán a corto plazo y la crisis carcelaria es un problema amplio que requiere trabajo conjunto de todos los poderes del Estado y mucho compromiso político, compromiso entre gobierno, legislatura, judicatura y fiscalía, sin el cual de poco o nada servirá militarizar perímetros o trabajar en las cifras.

Así, mientras no se aborde de forma estructural el problema, nuestro cuerpo normativo seguirá siendo, únicamente, el barco que nos conduce indefectiblemente hacia el corazón de las tinieblas.

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