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El Telégrafo
Mauricio Maldonado

La privacidad como derecho

27 de noviembre de 2018 - 00:00

Una larga tradición, que se remonta al liberalismo clásico, concibió a la privacidad como un ámbito que el Estado no puede controlar: un ámbito reservado al individuo, a su familia y a las agrupaciones de las que hace parte, siempre que no hagan daño a terceros (según el conocido “principio del daño” de J.S. Mill). La evolución de este derecho, no obstante, ha sido tortuosa.

La propia jurisprudencia de EE.UU. -país que siempre reivindicó ser un modelo de libertades- fue ampliando lentamente su marco de protección. En un inicio, de hecho, ciertos ámbitos se consideraban ajenos a esta esfera por estar en conflicto con la “moral pública” (entre otros, el uso de anticonceptivos o las relaciones homosexuales, y ni hablar del matrimonio igualitario o del aborto).

La Corte Suprema amplió las conductas consideradas estrictamente privadas, sobre la base de un principio de larga data en la jurisprudencia norteamericana: “el derecho a ser dejado en paz” (the right to be let alone), famosa expresión del juez Cooley.

Varios casos son paradigmáticos en la evolución de este concepto: Olmstead v. United States, Griswold v. Connecticut, Roe v. Wade, Wooley v. Maynard, Obergeffel v. Hodges, entre otros. Algunos se refieren también a otros derechos, pero en todos prevalece la idea según la cual “hay una esfera del intelecto y del espíritu que el Estado no puede tratar de controlar”.

En otras legislaciones, “el derecho a ser dejado en paz” ha tenido diversas formas de ser denominado. En Argentina, por ejemplo, suele hablarse de la “intangibilidad de las acciones privadas de las personas”. En buena parte de la doctrina se habla, en cambio, del ius solitudine, como un derecho que distingue a las decisiones privadas de las públicas; lo que ata a la privacidad con la libertad, y a esta con la democracia. Si la democracia moderna es concebida como un mecanismo de toma de decisiones colectivas, las decisiones privadas deben quedar fuera de su control, siendo delegadas solo a la conciencia del individuo.

En este camino, sin embargo, queda mucho por recorrer. La apelación a la “moral pública” -a menudo de inspiración religiosa- aún se enfrenta a este proceso de emancipación gradual del ser humano, que ha consistido, justamente, en la ampliación de la esfera de libertad de las personas. Este proceso está aún incompleto, pero en eso consiste, hoy, gran parte de la lucha por los derechos fundamentales. (O)

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