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El Telégrafo
Mercedes Mediavilla

¿Por qué es importante registrar mi marca?

13 de octubre de 2021 - 11:33

Es la pregunta que normalmente realizan los emprendedores cuando llevan un tiempo en el mercado utilizando un logotipo, un slogan o inclusive cuando han desarrollado un producto susceptible de protección como propiedad industrial.

En Ecuador los derechos de propiedad intelectual, se encuentran normados por el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, conocido como Código Ingenios. Esta norma orgánica derogó y sustituyó la Ley de Propiedad Intelectual vigente desde 2006.

Así, el artículo 89 del citado Código señala que los derechos de propiedad intelectual comprenden: a) los derechos de autor y derechos conexos, b) la propiedad industrial; y, c) las obtenciones vegetales. En este artículo se analizará principalmente, aquellos signos distintivos en el ámbito empresarial, que requieren registrarse en el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales -SENADI-, con la finalidad que sean susceptibles de protección y oposición cuando otras personas intentan copiar la idea de una marca creada de forma original por el emprendedor o empresario.

El artículo 359 del Código Ingenios define a la marca como cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado. Podrán registrarse como marcas los signos que sean susceptibles de representación gráfica. Así, podrán constituir marcas, entre otros, los siguientes signos o medios:

1. Las palabras o combinación de palabras;

2. Las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas y escudos;

3. Los sonidos, olores y sabores;

4. Las letras y los números;

5. Un color delimitado por una forma o una combinación de colores;

6. La forma de los productos, sus envases o envolturas;

7. Los relieves y texturas perceptibles por el sentido del tacto;

8. Las animaciones, gestos y secuencias de movimientos;

9. Los hologramas; y

10. Cualquier combinación de los signos o medios indicados en los apartados anteriores.

 

En ese orden de ideas, toda expresión a través de la cual se distinga un producto o servicio será considerada una marca y la misma únicamente se encontrará protegida una vez que se realice el correspondiente trámite de registro ante el SENADI. Es decir que, para que el emprendedor cuente con el derecho al uso exclusivo de sus marcas, entiéndase entre las mas comunes su logotipo, slogan, la forma del envase dónde comercializa sus productos, entre otros; la persona deberá de manera obligatoria realizar el trámite de registro de sus marcas ante el SENADI.

La adquisición de una marca tendrá una duración de diez años contados a partir de la fecha de su concesión y podrá renovarse por períodos sucesivos de diez años. Para el efecto, el titular del registro, o quien tuviere legítimo interés, deberá solicitar la renovación del mismo ante el SENADI dentro de los seis meses anteriores a su expiración.  

Pero, ¿por qué será necesario registrar la marca? En la práctica el registro de la o las marcas que el emprendedor utilice resulta de vital importancia, pues el mismo confiere a su titular el derecho exclusivo a impedir que terceras personas utilicen o apliquen sin su consentimiento la marca sobre productos o servicios similares para los cuales se ha registrado; además que, personas externas no podrán suprimir o modificar la marca con fines comerciales.

Finalmente, quien primero registre la marca será el titular de estos derechos. Por lo que podría suceder que una persona cuya marca tenga éxito se vea en el problema que al intentar registrarla, la misma ya tenga otro titular, perdiendo el derecho a su uso exclusivo y la capacidad de impedir que la otra persona la utilice; así como, se verá obligada a modificar sus marcas distintivas perdiendo su posicionamiento en el mercado. Este es el motivo por el cual siempre es legalmente recomendable el registro de la marca, cuando los signos utilizados ya se distinguen y toman fuerza en el mercado para el reconocimiento de los productos o servicios de propiedad del emprendedor.  

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