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El Telégrafo
Patricio Benalcázar Alarcón

El matrimonio en la historia ecuatoriana

18 de mayo de 2019 - 00:00

Desde 2013 la concepción del matrimonio fue puesta en entredicho por la acción de protección interpuesta por Pamela Troya y Gabriela Correa, quienes demandaron del Estado se respete su derecho a casarse como lo hacen las parejas heterosexuales.

Desde aquel momento, la Corte Constitucional, además de resolver este caso, debe dar respuesta a consultas realizadas por tribunales de justicia.

Nuestro constitucionalismo para abordar la institución del matrimonio se ha sustentado históricamente en concepciones influenciadas por el Derecho Canónico, por el cual la alianza matrimonial debe ser del varón y la mujer destinada a la generación y educación de la prole.

En la historia se puede identificar cinco momentos que dan cuenta de las tensiones y transformaciones sobre el tema. De 1830 a 1897 el régimen responde a una República Colonial, pues el Estado Canónico marca su sello en las diversas constituciones de la época.

De 1897 a 1929 el naciente Estado Laico disputa con el Estado Canónico; sin embargo, la institución del matrimonio se rige bajo los parámetros tradicionales. De 1929 a 1967 se produce un proceso de modernización, un aparente triunfo del Estado Laico, aunque el Código Civil mantiene al matrimonio y a la familia como instituciones heterosexuales con los mismos fines que la Iglesia pregona.

De 1967 a 1998 el régimen incorpora nociones de derechos. La Constitución de 1967 establece que “el matrimonio se funda en el libre consentimiento de los contrayentes y en la igualdad especial de los cónyuges…”, definición consagrada en un momento en el cual no existía ni la demanda de derechos ni la conciencia social para promover el matrimonio igualitario.

Desde 1998 hasta 2008 se da paso a una pugna entre el Estado Liberal y el Estado Social de Derechos, pero con contradicciones, pues se plantea una definición de matrimonio abiertamente contrario a respetar la libertad, igualdad y dignidad de la población LGBTI.

Contradicción que deberá dirimir la Corte Constitucional bajo un contexto internacional favorable, aunque con una perspectiva cultural compleja en la sociedad ecuatoriana. (O)

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