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Siempre he pensado que lo legal no es necesariamente lo correcto, lo justo o lo sensato. Sufrí los abusos del artículo 10 de la Ley Orgánica de Comunicación y las matemáticas absurdas del Código de la Democracia. Luego en mi faceta académica padecí los caprichos de la Ley Orgánica de Educación Superior y las arremetidas a las universidades privadas de parte del CES y la Senescyt.
Obviamente hay que respetar el ordenamiento legal pero el discernimiento nos obliga a cuestionar todo aquello que no se ajusta a la lógica o al bien común porque desde ese cuestionamiento ciudadano bien podrían desprenderse posibles reformas o ajustes. No comulgo con el borreguismo conveniente de aquellos que hoy cuelgan la Constitución del 2008 en la sala de la casa y mañana la esconden en un cajón. Analizar el marco legal es válido en la medida que nos obliga a buscar una mejor versión social.
El debate sobre el artículo 153 es totalmente saludable. No es un llamado al desacato sino a entender el alcance y las motivaciones. No tengo duda que es producto de esa cruzada añeja para satanizar al “Imperio” y a los organismos multilaterales. Tampoco se trata de santificar a nadie, pero si realmente se pretendía evitar un conflicto de interés, dos años de moratoria laboral en Washington (o en donde fuere) no son garantía de nada.
El 153 no es la única perla en esta Constitución hiperpresidencialista. Hay varios membretes que muestran el perfil demagógico de la década populista. Para empezar, y bajo la bandera holística del “Buen Vivir” y el “Sumak Kawsay”, el Ecuador ya no es un estado de derecho sino de derechos (en plural) en una maniobra deliberada para robustecer la discrecionalidad. Así, en el artículo 57 se reconoce que las comunas y pueblos indígenas podrán “crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o consuetudinario.” De pronto me acordé de octubre de 2019.
Luego en el artículo 204 arribamos a la figura de la Función de Transparencia y Control Social y su producto estelar: el desgastado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. ¿Alguien a estas alturas puede seguir defendiendo este instrumento que monopoliza gratuitamente tanto poder? Nadie niega su legalidad, pero no creo que lo extrañemos si algún día se diluye.
Un buen porcentaje de esos 444 artículos están confeccionados a la medida de un proyecto político. Y aunque los ciudadanos comunes no tengamos la capacidad de escribir, reescribir o eliminar leyes, sí podemos informarnos y amasar un criterio que nos ayude, entre otras cosas, a votar mejor.
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