Ecuador, 23 de Abril de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Felipe Rodríguez

¿Solo un añito? Sí

10 de febrero de 2020 - 00:00

Quienes nunca han pisado una facultad de Derecho reclaman, con amargura, que a Vicuña la hayan condenado a solo un añito de prisión. Dos han sido los reclamos que han dominado la palestra de la rusticidad jurídica: 1. ¿Por qué, si la pena era de tres a cinco años, los jueces impusieron una pena de un añito?; y, 2. ¿Por qué los jueces premian a los corruptos con un año en lugar de aplicar la máxima pena para disuadir al prójimo?

La respuesta es de una sencillez que desdibuja a los santos inquisidores: 1. La pena no se la impone como un ejercicio de discrecionalidad punitiva del juez. 2. La pena es un ejercicio de aritmética preescolar, donde lo único discrecional radica en la decisión pendular; 3. La pena prevista en cada tipo penal se la debe aplicar en concordancia con las reglas del cálculo de la pena; 4. Los artículos de un código jamás se los lee solos, sino conforme a la integralidad de todo el código; y, 5. A los jueces independientes su sed de sangre les tiene sin cuidado.

Así las cosas, respondamos a los que claman por un punitivismo salvaje. Yo tampoco conozco el caso de Vicuña, sin embargo, desde la distancia se puede ver lo siguiente: A) Sí, la concusión tiene una pena de tres a cinco años, pero si a ella Fiscalía le imputó una concusión en un año anterior a agosto de 2014, se aplicó el Código Penal de 1971 y, en ese código, la pena era de dos meses a cuatro años. Es decir, un año no es la mínima, sino dos meses; B) Si era aplicable el Código Penal y no el COIP, entonces, conforme a los Artículos 73 y 74, los jueces pudieron sustituir la pena por multa.

¿Sabían que las atenuantes modifican la pena? ¿Conocen cuáles se probaron en juicio? ¿No? ¿Entonces de qué fuente de conocimiento proviene su furia y pasión? Son libres de opinar, pero por favor, si no conocen el caso ni la aplicación procesal del Derecho Penal en el tiempo, no afirmen, no aseguren. ¡Qué cómoda es la seguridad que otorga la ignorancia! Les evita pensar.

¿Cuál teoría de la pena quieren aplicar? ¿El retribucionismo? ¿La prevención general positiva? ¿La prevención general negativa? ¿La prevención especial positiva? ¿La prevención especial negativa? ¿La reafirmación de la vigencia de la norma? ¿La rehabilitación? ¿No saben de qué les hablo? Entonces, mis queridos Tomases de Torquemada, abandonen el escándalo y permitan que la división de roles nos siga garantizando, a los sedentarios, vivir en sociedad. (O)

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media