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El Telégrafo
María José Machado

Cómo me gustaría que me expliquen el veto si fuera pequeña

19 de marzo de 2022 - 00:00

Cuando yo sea presidenta voy a hacer esa ley.

Así cuando una mujer quiera abortar pueda hacerlo y ya no esté más sola.

 

Palabras de la hija de Julieta Saulo, feminista argentina

 

 

Dudé mucho acerca de escribir un texto sobre aborto, la ley que lo garantiza en casos de violación y el veto presidencial, como si estuviera dirigido a las pequeñas. Porque no soy pedagoga, porque no soy pequeña y porque pienso que no son temas de niñas. Sin embargo, en nuestro país, donde diariamente siete niñas menores de catorce años dan a luz, el embarazo infantil y adolescente aumentan día a día. Ecuador es el país de la Región Andina con más casos. Aunque las niñas y adolescentes no deban ser madres, lo son. Por eso, es preciso que tratemos de contarles –de manera científica, veraz, progresiva, amorosa, sencilla, de acuerdo con su grado de desarrollo y madurez, como lo dice el Código de la Niñez y Adolescencia– lo que está pasando, en una ley para cuya aprobación probablemente no se les escuche ni informe, pero que se aplicará sobre sus cuerpos.

 

En 2021 la Corte Constitucional (la conforman nueve juezas y jueces y decide sobre problemas en casos concretos y también con efectos para todas y todos) decidió que ninguna niña, adolescente, mujer o persona con posibilidad de gestar podía ir a la cárcel por interrumpir un embarazo que ella no deseó, que fue resultado de una violación. La Corte Constitucional pidió a la Defensoría del Pueblo (la institución nacional de derechos humanos) que prepare un proyecto de ley y a la Asamblea Nacional (quienes hacen las leyes en el país y tienen representantes de todas las provincias) que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación.

 

La ley la hizo la Defensoría del Pueblo con la participación de las organizaciones de mujeres y de personas LGBTIQ+ que luchan por todas, para que tengamos vidas más dignas en libertad e igualdad; a la luz de las recomendaciones de los Comités de Derechos Humanos y de los órganos encargados de interpretar las convenciones internacionales que garantizan nuestros derechos sexuales y derechos reproductivos. Los más importantes tienen que ver con poder decidir sobre nuestros cuerpos y vivir una vida libre de violencias.

 

Esta ley la Asamblea Nacional ya la modificó. Negó que la interrupción voluntaria del embarazo sea un derecho. Impuso plazos. Esto no nos gustó porque sabemos que mientras más cortos sean los plazos, más difícil es para las niñas y adolescentes y para las mujeres que viven en la ruralidad y en las periferias, de sectores populares y de pueblos y nacionalidades acceder a este derecho. Sin embargo, la ley tenía cosas valiosas: no pedía requisitos, creía en la palabra de las víctimas de violencia, garantizaba que, aunque haya personal que se niegue a practicar el aborto, sí existan quienes puedan hacerlo y daba un plazo más amplio para las niñas, adolescentes y mujeres en situaciones de vulnerabilidad.

 

Las niñas no reconocen sus embarazos a tiempo. Hay niñas que viven violencia sexual desde pequeñas, es decir, que son forzadas y que resultan embarazadas. Sus violadores son de la propia familia o de su entorno cercano. Las mujeres más pobres tampoco tienen la posibilidad de acceder a tiempo a servicios de salud. En muchos lugares del país hay pocos puntos de atención y el personal de salud se niega a ofrecer estos servicios por sus ideas morales o religiosas, porque les dicen que el aborto es “matar bebés”. No importa si la embarazada también es chica, es una niña. Antes de la sentencia, si detectaban que una niña o mujer abortó, simplemente la denunciaban. Por eso era importante que no haya plazos, porque las niñas tienen derecho al tiempo. Las mujeres también. La violación también nos afecta.

 

Las mujeres adultas iban presas y las adolescentes eran obligadas a prestar servicios “correctivos” en orfanatos: o sea, las obligaban a ser y actuar como madres. Porque en un país machista se entiende que la maternidad es un destino, es obligatoria. Era su culpa ser violadas, su culpa quedar embarazadas y si abortaban eran presas y enjuiciadas. Y no, la maternidad debe ser siempre querida, buscada, deseada, planificada. La maternidad no deseada es tortura. El Estado les decía que su obligación es ser madres y parir a los hijos de sus violadores. Que debían resignarse a su suerte porque no podían “matar” al feto. Que mientras la violencia sexual quedaba sin juzgar ni sancionar ellas debían callarse y asumir su destino de “madres”. Las niñas no pueden ser madres. Las niñas son niñas. Las niñas tienen derecho a estudiar, a jugar, a disfrutar de tiempo libre, a un entorno de protección, de amor, de cuidados. Las niñas no se tocan. Pero en este país, las niñas son madres.

 

Y tanto las niñas han sido madres que hace pocos años la ley permitía que las niñas ya se casen a los doce años. La ley decía que las obligaciones del matrimonio eran “vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”. Es decir, la violación era legal en el matrimonio. Cuántas de nuestras madres y abuelas no fueron forzadas desde niñas. Cuántas de nosotras no hemos debido atravesar la vida con recuerdos traumáticos de violaciones. Cuántas mujeres pobres, que no tienen recursos, que no tienen parejas responsables, han debido decidir interrumpir sus embarazos o han tenido bebés que deben criar solas, sin empleo, sin apoyo de los padres de sus bebés, sin dinero, sin afecto. Y las que abortaron muchas veces lo hicieron arriesgando su vida. Siempre a escondidas, siempre con miedo de ir presas, siempre con métodos inseguros, siempre con culpa. Tomando brebajes, metiéndose agujas, rodando las gradas.

 

El aborto es un derecho y practicado por médicos, en el sistema de salud pública, con las mejores condiciones, a tiempo, es un procedimiento sencillo. Muchos países lo reconocen así. En los países en que las mujeres viven mejor, el aborto es legal. Los países buscan reducir los embarazos no deseados con educación, con métodos anticonceptivos, con información sobre nuestros ciclos y cuerpos, enseñando a las niñas y niños que sus cuerpos no se tocan y enseñando a los hombres a no violar. Enseñando a las adolescentes y jóvenes el autocuidado, los límites, el consentimiento, a validar sus emociones y su deseo. Es decir, con quién pueden tener relaciones sexuales, cuándo, cómo, y cómo pueden protegerse de enfermedades y de embarazos no deseados. Cómo pueden vivir su sexualidad de manera libre y placentera, sin presiones y sin violencia.

 

El aborto ocurre y no deja de ocurrir porque se lo considere un crimen. No es que decir que el aborto es un delito (acción que la ley penal dice que es contraria al derecho y que merece una pena al culpable de ella) impide que las niñas y mujeres aborten. Las niñas y mujeres abortan de manera segura o de manera clandestina e insegura. La diferencia entre lo uno y lo otro es que, cuando el aborto es legal, lo atienden médicos y médicas en el sistema de salud pública, con la mejor tecnología. El personal médico se asegura de que sea una decisión propia y que no sea forzada. Atiende con cariño, con empatía, con responsabilidad y con respeto. No juzga, escucha, informa, acompaña. En el aborto inseguro el aborto ocurre igual, pero es delito. Las embarazadas acuden a servicios clandestinos o lo hacen solas, sin ningún tipo de guía. A veces las cosas salen mal y tienen complicaciones, como hemorragias y deben ir aterrorizadas al hospital. El personal de salud denuncia, juzga, echa la culpa, se niega a atender emergencias o deja morir.

 

Entonces la ley que hizo la Asamblea tampoco nos gustó, pero era lo que había. Pero no sabíamos que lo peor estaba por llegar. Los presidentes de la república son “colegisladores”. Todos hombres, porque las niñas pueden ser madres, pero por lo visto no pueden aspirar a ser presidentas, por eso quisiera que alguna vez haya una presidenta que fue niña. Es decir, las leyes les permiten poner su cuchara en las leyes. El presidente Lasso metió su cuchara en un documento que se llama veto y dijo cosas muy graves. Estas cosas hieren de muerte nuestros derechos. Estas cosas son indignantes. Les cuento de lo que dijo el Presidente qué es lo que me parece más grave:

 

  1. Empieza por su posición personal

Se define como defensor de la vida desde la concepción hasta la muerte natural. En países democráticos (es decir, donde las opiniones y derechos de todas las personas importan y donde no se puede tomar decisiones de manera abusiva y arbitraria) las convicciones personales de los gobernantes deben ceder para procurar el bien común. El Estado es laico, o sea hay separación de la iglesia y del estado. Es mezquino que la posición personal de un presidente se anteponga a los derechos de miles de niñas y de mujeres que son embarazadas contra su voluntad. Es ilegal. Parece que al Presidente le importa más el nasciturus (así se dice al que está por nacer en latín) que las niñas y adolescentes que tienen una vida y derechos. Además, cita una sentencia antigua que pone los derechos del nasciturus sobre los derechos de las mujeres. Una sentencia que ha sido objeto de crítica y burla internacional por su mediocridad y que negaba el derecho a la anticoncepción de emergencia considerándola erróneamente abortiva.

 

  1. El aborto no es un derecho, es un delito

Decir qué es delito y qué es derecho es una construcción humana, que depende de ideologías y de sistemas de valores. También era “derecho” de los hombres matar a sus esposas si las encontraban siendo infieles. También era “derecho” de los señores feudales mantener relaciones sexuales con las siervas de sus dominios. También era “derecho” de los violadores casarse con sus víctimas. El aborto sí es un derecho. Es un delito porque los hombres que hacen las leyes han dicho que es delito. El aborto siempre ocurrió, pero no siempre fue delito. El aborto no es delito desde 1938 en Ecuador cuando peligra la salud y la vida de la embarazada y cuando es resultado de la violación a una mujer con discapacidad mental. Hay que decir que el aborto es delito porque los hombres que hacen las leyes dicen que es delito. Pero también es un derecho. En otros países lo es. En Ecuador es un derecho de las víctimas de violación, tengan o no discapacidad, desde 2021. Y esto es irreversible. El Presidente dice que se va a “promover y promocionar el aborto”. Nada más falso. El aborto no es “promocionado”. El aborto ocurre y es seguro o inseguro, legal o ilegal, libre o clandestino. Los países donde el aborto es legal tienen menos abortos. Se educa a las niñas y adolescentes desde pequeñas. Se informa. Se previene la violencia sexual. Se entregan métodos anticonceptivos. No se promueve el aborto.

 

 

  1. Los pronunciamientos de los comités de derechos humanos no son vinculantes

Los pronunciamientos de los comités de derechos humanos (que reúnen a personas expertas) sí son vinculantes. La Constitución (la norma suprema de un país) reconoce que los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el país son de cumplimiento obligatorio –incluidas las recomendaciones de los comités de derechos humanos– para elaborar leyes, políticas públicas y sentencias. No tendría sentido que un Estado ratifique un convenio, dé su palabra obligándose a cumplirlo y después diga que no es obligatorio, negaría la naturaleza de su pertenencia a un sistema interamericano e internacional de derechos humanos. Las convenciones que reconocen derechos humanos son textos vivos y dinámicos, que adaptan su contenido a la evolución del derecho internacional (las leyes que definen las obligaciones de los países entre ellos y de los países hacia sus habitantes). El Estado está obligado a cumplir su Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos como normas de máxima jerarquía, guiado por el principio pro ser humano (a favor de las personas) porque su deber más alto es proteger nuestros derechos. La Constitución reconoce la cláusula abierta, lo que significa que derechos más favorables que los reconocidos en ella prevalecen sobre cualquier acto del poder público. La propia Corte Constitucional dice que el estado ecuatoriano por el principio pacta sunt servanda (los contratos deben observarse) debe cumplir sus obligaciones internacionales de buena fe:

 

En el marco del derecho internacional de los derechos humanos, existe una amplia y diversa variedad de pronunciamientos emitidos por organismos de distinto origen, mandato, naturaleza y fuerza vinculante. El reconocimiento constitucional expreso de los informes de organismos de derechos humanos como objeto de la acción por incumplimiento implica que el constituyente reconoció a este tipo de decisiones como fuente de obligaciones internacionales.  (Sentencia del caso No. 28-19-AN/21).

 

Es decir, el Presidente en su veto no puede desconocer lo que dicen la Constitución y la Corte Constitucional. Cinco comités de derechos humanos y la relatora experta en violencia de las Naciones Unidas han dicho de manera reiterada al Ecuador que se debe despenalizar el aborto, no solo en casos de violación, sino en todos los casos.

 

  1. Se igualan los plazos a la baja

De por sí la violación es traumática para sus víctimas: es dolorosa para el cuerpo y el alma. Darse cuenta de ella, poder hablar de eso, notar el embarazo y acceder a servicios de salud es un privilegio que no todas las niñas y mujeres tienen. Por eso y ya con mucha mezquindad y con una negociación indigna, la Asamblea Nacional fijó plazos de 12 semanas para mujeres adultas y de 18 semanas para niñas, adolescentes y mujeres de pueblos y nacionalidades y sectores rurales. Es decir, que los embarazos solo se pueden interrumpir dentro de ese tiempo. Esta distinción se hizo considerando los obstáculos que tienen las mujeres en situaciones de pobreza y vulnerabilidad. El Presidente hace una interpretación errónea del principio de igualdad “igualando” a la baja. Es decir, deja en 12 semanas el plazo para todas. Muchas mujeres, incluso privilegiadas y con educación, no notan enseguida sus embarazos. Peor las mujeres pobres, las mujeres que no tienen educación sexual, o las niñas y adolescentes que viven en contextos de violación reiterada. Generalmente una persona adulta ya se da cuenta del embarazo de las niñas cuando les crece la barriga. Y esto pasa cuando el embarazo ya está avanzado. Muchas niñas no tienen siquiera su primera menstruación y ya han quedado encintas. Además, la solicitud de la práctica del aborto ya no suspende el plazo. O sea, que, si el personal de salud se demora a propósito o por negligencia y ya se pasa el embarazo de las doce semanas, el Presidente dice que las niñas y mujeres ya no pueden abortar. Están obligadas a parir.

 

  1. Viola el principio de gratuidad

El veto del presidente Lasso dice que en caso de que se determine la responsabilidad, el aborto lo pagará el violador. Esto no merece mayores comentarios de mi parte. Hasta parece chiste, pero es cierto. Además, condiciona las atenciones a la disponibilidad de presupuesto.

 

  1. Define a la interrupción voluntaria del embarazo como la “finalización de la vida del nasciturus”

Se desconoce que la ley está dirigida a reparar los derechos de las víctimas y sobrevivientes de la violencia sexual. Desplaza a las víctimas y pone en el centro al nasciturus. Al hablar de “finalización” de su vida criminaliza a las niñas y mujeres que deciden abortar, equiparándolas con asesinas.

 

  1. Elimina de la ley a las personas con posibilidad de gestar

No solo las mujeres cisexuales (cuya identidad coincide con el sexo con el que nacieron) somos capaces de gestar. Hay personas no binarias (que no se identifican como varones ni como mujeres) y varones trans (quienes han transitado de mujer a varón) que tienen la posibilidad de gestar. La Constitución dice que nadie puede ser discriminadx por su identidad de género (cómo se siente) ni por su orientación sexual (quién le gusta). Eliminar a las personas con posibilidad de gestar que no son mujeres de la ley las deja fuera de la protección, de los servicios y niega su humanidad. Es sumamente grave. Es fascista.

  1. Consentimiento en niñas y adolescentes

Las obliga a contar con el consentimiento de sus padres o representantes legales. En caso de que el representante legal sea el presunto responsable de la violación, requerirá la autorización de servidorxs públicos. Es decir, la sola palabra de las niñas y adolescentes no basta. Se quita de la ley su derecho a decidir. Las niñas sí pueden ser madres, pero no pueden decidir no ser madres. Esto es doloroso y violento.

  1. Desconoce la autonomía de las personas con discapacidad

La ley que aprobó la Asamblea Nacional dice que las personas con discapacidad podrán apoyarse en sus representantes cuando sea su decisión. El veto dice que deberán hacerlo, es decir, las considera como objetos de tutela, sin voluntad ni derecho propio.

  1. Impone requisitos revictimizantes y costosos

La Asamblea Nacional dijo que no se puede exigir requisitos a las víctimas de violación para acceder al aborto y que bastaba con el consentimiento informado. El personal de salud notificaba a Fiscalía para que investigue por su cuenta el delito. La víctima, por su parte, podía denunciar, o no. El Presidente dice en su veto que las víctimas de violación deben presentar denuncia (lo cual es revictimizante, es decir, revive en las víctimas las circunstancias de la violación y no todas están dispuestas a hacerlo por temor y porque la justicia no les garantiza que haya investigación y sanción) o declaración juramentada (esta cuesta entre 20 y 30 dólares) y en nuestro país la mitad de las mujeres de la población económicamente activa es totalmente dependiente económicamente y las niñas y adolescentes no cuentan con recursos propios. Otro requisito podría ser un examen médico, también revictimizante, que parte de la sospecha de que la víctima miente o se inventó su violación y que busca “verificar” en su cuerpo si la violación realmente ocurrió.

  1. Obligan a la víctima a realizarse una ecografía y establecen la posibilidad de “adopción futura”

En lugar de reconocer la validez de la decisión de la víctima de violación que decide abortar, a lo largo del veto imponen como obligación del personal de salud y de las autoridades comentarle las “alternativas” que brindan instituciones que trabajan desde un enfoque tutelar y clientelar y no desde un enfoque de derechos, es decir, aquel compatible con la dignidad humana de las víctimas. Asimismo, pone a la Defensoría del Pueblo la responsabilidad de defender los derechos “del nacido vivo de la práctica de aborto”. Esto no sé cómo explicarlo, si imponen plazos de doce semanas ¿puede vivir?, como lo pregunta @fer_solofer en Twitter. La adopción del que está por nacer está expresamente prohibida en el artículo 163 del Código de la Niñez y Adolescencia.

 

  1. Elimina la atención médica en casos de emergencia

En su lugar, anima al personal de salud a denunciar a quienes buscan atenciones en casos de emergencias médicas por abortos en curso, violando la confidencialidad y el secreto profesional.

  1. Reconoce la objeción de conciencia institucional en el sector privado

La objeción de conciencia es un derecho de las personas, no de las instituciones. La objeción de conciencia proviene originalmente del derecho de los jóvenes a no ir a la guerra y no matar. Trasladado al ámbito de la salud reproductiva, se reconoce la posibilidad de que haya personal de salud que por motivos religiosos o personales pueda negarse a prestar servicios de aborto. Esto, por supuesto, tiene sus límites, porque la Constitución dice que la objeción de conciencia no puede menoscabar otros derechos ni causar daño a las personas. Si un joven no va al servicio militar por motivos de conciencia y se niega a matar por lo mismo, de hecho, no está haciendo daño a nadie, se niega a hacer daño. Si un médico o médica se niega a atender a una víctima de violación con un aborto en curso o que solicita servicios de aborto porque peligran su salud y su vida, hay daño. Por eso la ley originalmente planteaba que la objeción de conciencia tenga límites para impedir el daño a las víctimas de violación. Si en lugares donde los servicios públicos no son eficientes o accesibles las instituciones privadas se declaran objetoras, se deja en indefensión a las víctimas de violación. No se las atiende. Se las puede dejar enfermar o morir.

  1. Desconoce la reparación integral

Las víctimas de violación, según la ley elaborada por las mujeres organizadas y aprobada por la Asamblea Nacional, tienen derecho a interrumpir sus embarazos como medida de reparación y a servicios de atención psicosocial y legal. Sin embargo, el veto dice que la reparación es “la investigación del delito”. Es decir, concentra la reparación en la sanción penal al violador (cuando ya hay leyes que sancionan las violaciones) y no en la reparación del proyecto de vida de las víctimas. La ley dirige sus esfuerzos a proteger a los médicos objetores de conciencia, al nasciturus y a supuestamente sancionar al violador. Las víctimas son invisibles, no son el fin de la ley.

  1. Se otorga a sí mismo la elaboración del reglamento

Y desconoce la voluntad de la Asamblea Nacional de delegar la elaboración del reglamento a la Defensoría del Pueblo, Institución Nacional de Derechos Humanos, que lo haría con la participación de todos los sectores y desde un enfoque de derechos.

Sabrán disculparme si, en este esfuerzo que he hecho por explicar el veto como me hubiera gustado que me lo expliquen cuando era pequeña, todavía hay cosas difíciles de comprender. Mi postura personal (que por supuesto no decide la política pública de este país) es que el veto incorpora de manera ilegal materias que nunca fueron contempladas (como la “adopción futura”, además prohibida expresamente en la ley); que va más allá de lo que dispuso la Corte Constitucional y que es restrictivo en derechos. El veto olvida a las víctimas y pone la protección de la vida desde la concepción por encima de la reparación integral de los derechos de las sobrevivientes de violencia sexual. Con el plazo corto de doce semanas prácticamente obliga al término de embarazos forzados. Esto significa: tortura, es inhumano, cruel y degradante y será, de aprobarse, objeto de condenas y observaciones en el plano internacional.

 

Las niñas no se tocan, no se violan, no se matan. Las niñas no son madres. Las niñas y adolescentes tienen derecho a no sufrir violencia sexual. Si las niñas y adolescentes y mujeres y personas con posibilidad de gestar son embarazadas como resultado de la violación, tienen derecho a interrumpir sus embarazos si es su voluntad. El Presidente no puede desconocer la voluntad de las mujeres y feministas, de la Defensoría del Pueblo, de la Corte Constitucional y de la Asamblea Nacional. El Presidente no puede decir, en un párrafo, que los instrumentos internacionales de derechos humanos no son vinculantes, este es un precedente gravísimo para lo conseguido con años de lucha por las ecuatorianas.

 

En adelante, pasará lo siguiente: la Asamblea examinará el veto del Presidente dentro del plazo de treinta días, y podrá, en un solo debate, aprobarla y enmendar el proyecto con el voto favorable de la mayoría de asistentes a la sesión. También podrá ratificar el proyecto inicialmente aprobado, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros. Es decir, para proteger mejor nuestros derechos como niñas, mujeres y personas con posibilidad de gestar, necesitamos una mayoría de votos (dos terceras partes) para aprobar el proyecto inicial.

 

El veto es la muestra más acabada de la misoginia institucional, es decir, del odio hacia las mujeres promovido y avalado por el estado. En un lenguaje sofisticado y con una supuesta técnica jurídica desconoce que vivimos en un estado de derechos. Desconoce que las niñas y mujeres somos seres humanos y que somos un fin en nosotras mismas. Nos ve como contenedores. No respeta nuestra tragedia. No respeta nuestro derecho al tiempo. No reconoce nuestras circunstancias, las distancias que nos separan de los servicios de salud, nuestra pobreza y las secuelas traumáticas de la violencia sexual en nuestras vidas. No reconoce que los cuerpos de las niñas no son aptos para gestar y parir y que sienten mucho más dolor. Las quiere disciplinar, corregir e impedir que tomen decisiones en libertad. Quiere que nunca lleguen a tiempo, para negarles el derecho básico a no ser madres, a ser niñas.

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