Cobro de servicios básicos
En el servicio telefónico, del consumo total se cobra el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), por lo que la planilla mensual se incrementa significativamente en las familias.
Todo impuesto se determina respecto a un consumo de las empresas y personas productivas, pero no de las familias que realizan actividades domésticas, que no generan ningún beneficio económico o lucro, que justificaría el cobro del referido impuesto, como es el caso de los comerciantes.
En consecuencia, es necesario que la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) y el Servicio de Rentas Internas (SRI), en coordinación, estudien la posibilidad de efectuar una reforma al citado impuesto, y que el Defensor del Pueblo, a través de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y su reglamento general, impulse dicha reforma, que beneficiaría a miles de hogares y familias en el país, por cuanto el servicio telefónico doméstico es un servicio social a la comunidad, y no un servicio comercial, como se lo considera actualmente.
¿Un impuesto se puede determinar sobre un consumo doméstico? ¿Un impuesto solo puede ser determinado a un consumo productivo que genere un beneficio económico?
Atentamente,
Ec. Ángel Calderón Mayorga
0903359776
Kendry Páez sumó sus primeros minutos, pero River volvió a caer
Universidad Católica se despidió de la Libertadores tras caer por penales ante Juventud
Bomberos de Guayaquil: emergencia queda totalmente controlada tras 36 horas
Petroecuador adjudica 14,4 millones de barriles de crudo Oriente y Napo
Ecuador baja el IVA al 8% para servicios turísticos durante el feriado de Carnaval
Gobierno anunció obras prioritarias en Galápagos con inversión de USD 6,54 millones
Todos los beneficios de la afiliación voluntaria al IESS en Ecuador
Universidad Católica se despidió de la Libertadores tras caer por penales ante Juventud
ANT habilitó sistema para matriculación de vehículos nuevos en cuatro ciudades
