Cartas al Director
¿Es posible democratizar los medios de comunicación privados?
En los últimos años hemos presenciado aspectos de los medios de comunicación que resultan preocupantes.
Manipulación de la información, vinculación de los propietarios de los medios con intereses que los desvían de su misión.
Son poderes fácticos que conducen a la sociedad de acuerdo a intereses económicos, proporcionando información que ha recibido un tratamiento determinado. Atacan a cualquier Gobierno que toque sus intereses.
¿Existe alguna forma de permitir que los trabajadores de los medios privados sean accionistas de ellos? De esa forma no podría condicionarse a un periodista a escribir lo que quiera el dueño del medio, porque cada trabajador sería en parte dueño de ese medio de comunicación. No se puede decir que eso es antidemocrático, dictatorial, abusivo, que se está a favor del Gobierno o del régimen.
En Europa y Estados Unidos, en la década del setenta, se crearon periódicos impulsados por movimientos intelectuales. Jean Paul Sartre auspiciaba un periódico en París y Allen Ginsberg con Jack Kerouac hacían lo mismo en Estados Unidos, se les conocía como prensa underground que publicaba noticias y ofrecía análisis que se salían del ordenamiento establecido por el sistema.
Tal vez necesitamos la presencia de una prensa más contestataria, procurar la creación de nuevos periódicos con gente joven que procure informar sin manipular, gente consciente que desee cambios sociales y políticos.
Los cambios sociales y políticos se dan con información. Si la sociedad cuenta solo con la que proporcionan los grupos de poder, habrá gente que siga pensando que los cambios que se dan son negativos, que antes estábamos mejor.
Daniel Noziglia
La Asamblea Nacional y su reglamento
Constitucionalmente la Función Legislativa la ejerce la Asamblea Nacional, que está integrada por asambleístas elegidos por el pueblo para un período de cuatro años (art. 118) y ejercerán una función pública al servicio del país, actuarán con sentido nacional, serán responsables políticamente ante la sociedad de sus acciones u omisiones, en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones y estarán obligados a rendir cuentas a sus mandantes (art. 127).
La Asamblea Nacional, para el cumplimiento de sus labores, se regirá por la ley correspondiente y su reglamento interno; para la reforma o codificación de esta ley, se requerirá la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea (art. 126).
Constitucionalmente se establece que la Función Legislativa debe reflejar sus labores y competencia en el reglamento interno correspondiente, para legitimar sus atribuciones aprobadas en dicho reglamento, caso contrario, no existirá legalidad sobre lo actuado.
Eco. Ángel Calderón Mayorga
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