Nuevas reformas al deporte ecuatoriano (vol. VI)
Goodwood, sur de Inglaterra. Once de julio de 1727. La hierba alta, el campo abierto al cielo. En el prado se alista un partido de críquet. Antes del primer lanzamiento, hay papel. Dos patronos lo despliegan y hablan:
—¿Por qué firmarlo? —Porque hay apuesta. —¿Y si después desconocen el resultado? —Lo decidirá el umpire. —¿Y si no aceptan su decisión? —Entonces esto no empieza.
Esa escena —firmar antes de competir— no quedó anclada en el siglo XVIII. También aquí, antes de competir, hubo que escribir.
Desde la Ley del Deporte de 1978, reformada en 1990, y la nueva legislación de 2005, hasta la norma de 2010 que estructuró el sistema contemporáneo, el país fue ajustando su marco jurídico. El punto de inflexión llega en 2026, con la publicación en el Registro Oficial de la nueva Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación. Con ella, el deporte deja de entenderse solo como estructura administrativa y pasa a tratarse como un sector económico regulado, con mayores exigencias jurídicas y mecanismos de control más estrictos.
En el plano técnico, la nueva ley incrementa la densidad regulatoria mediante tres ejes. Primero, redefine la arquitectura del Sistema Deportivo Nacional, delimitando subsistemas y clarificando competencias, lo que reduce discrecionalidad y permite políticas diferenciadas según nivel y modalidad.
Segundo, incorpora gestión basada en evidencia a través de un sistema nacional de información que estandariza datos, mide cobertura e inversión, y fortalece trazabilidad y control.
Tercero, regula sectores antes insuficientemente normados: reconoce el deporte electrónico; ordena los pronósticos deportivos mediante licenciamiento y prevención de conflictos de interés, con énfasis en la integridad; y habilita la Sociedad Anónima Deportiva (SAD) como figura mercantil para la actividad profesional, con capital en acciones, responsabilidad limitada y gobierno corporativo, sujeta a control estatal y reglas federativas.
Además, refuerza estándares de gobernanza y actualiza derechos y deberes de los actores del sistema, con efectos directos en clubes, federaciones, operadores e inversionistas. Se trata, en suma, de un rediseño estructural que solo podrá sostenerse con líderes en gestión deportiva capaces de transformar la ley en gobierno efectivo del sistema.
En la mesa, tras el juego, la discusión encuentra su cauce.
—Ese tanto no vale. —Entonces, que lo cierre el ampayer. —¿Y si tampoco aceptan su voz? —Para eso se firma.
Así quedó, como testigo, la regla escrita más antigua que se conserva del deporte organizado.
—¿Y quién manda, al final? —La regla. —¿Y quién sostiene la regla? —La ley.
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