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El Telégrafo
Luis Rosero

Impuesto a la herencia

15 de junio de 2015 - 00:00

El proyecto de Ley de Redistribución de la Riqueza, enviado con carácter de económico-urgente, cambia el impuesto a la renta  sobre el patrimonio (inmuebles, vehículos, dinero, títulos valores, etc.) producido por herencia, donación u otro medio. En la exposición de motivos se señala que la acumulación desmedida del capital, fomentada por las grandes fortunas, produce desigualdades que atentan contra la justicia social y para redistribuir la riqueza se establecen mayores tasas impositivas donde hay más concentración.

Antes del proyecto mencionado, las herencias pagaban dos impuestos a la renta, uno progresivo y otro marginal, a partir de $ 68.880, que se señalan en una tabla. Supongamos que se trata de la esposa e hijo que reciben de herencia una casa de $ 1’600.000, la que se repartiría en partes iguales. Para él, el impuesto progresivo sería cero y el marginal $ 560. En la tabla, en el caso del marginal, la tasa impositiva aumentaba 5% por escala hasta llegar a la máxima $ 826.530-en adelante, que pagaba 35%. Antes con este impuesto no se diferenciaban los herederos directos e indirectos.

Con el proyecto se establecen dos tablas para gravar el incremento patrimonial. Se siguen aplicando los dos impuestos. Para los herederos directos (hijos, padres, etc.) se aplica una primera tabla que comienza con una escala de entre 35.400-70.800 (100-200 SB). Con el mismo ejemplo anterior, dada la reducción, el hijo no pagaría impuesto progresivo, solo $ 690 por el marginal. La nueva tabla lo que hace es aumentar  la tasa impositiva a escalas mayores para el impuesto progresivo como el marginal. La tasa límite para este último, de 566.400-en adelante, es 47.5%. La segunda tabla, aplicable a herederos indirectos, es parecida a la primera, hasta las escalas que van 1.600 - 2.400 SB y 2400 - en adelante SB, donde el impuesto progresivo y el marginal suben fuertemente. Se establecen deducciones, reducciones y descuento por entrega de patrimonio a trabajadores.

En el ejemplo, con la normativa anterior se pagaba impuesto a la renta por herencia individual a partir de $ 68.800, con el proyecto se tributaría a partir de $ 35.400, para los herederos indirectos, pagarían los que reciben menor herencia, pero  los que reciben herencias altas pagarían un impuesto progresivo y marginal mayor. O sea, si bien impone mayores tributos a más ricos también obliga a pagar a aquellos que tienen una menor fracción básica (h. indirectos).  Los pobres no se verían afectados, parte de la clase media alta se impacta, pero más la clase alta. Hoy este impuesto produce poco ingreso al fisco, pero de acuerdo al Ministerio de Finanzas, el proyecto generaría una mayor recaudación.

También se gravan transferencias de acciones de empresas a hijos, esposa u otro beneficiario y los traslados de patrimonio a fideicomisos. Antes estos eran mecanismos para evadir el pago de impuesto a la herencia.

Crece la presión impositiva. Ante la falta de estrategia comunicacional y la acción mediática, hay reacciones que han generado opiniones contra el proyecto. (O)

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